ROSSATO RODRIGO JAVIER C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS
El actor promovió demanda anulatoria contra el Decreto municipal N° 4406/2023 que dejó firme una determinación de oficio por tributos y sanciones. El Tribunal hizo lugar a la pretensión anulatoria y declaró la nulidad del Decreto por no acreditarse la prestación concreta del servicio ni el sustento territorial exigido para la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
¿Quién es el actor?
Rodrigo Javier Rossato, representado por la Dra. Edith Susana Salim.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Moreno, representada por la Dra. Eliana Carolina Tolosa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad del Decreto N° 4406/2023 que confirmó en sede administrativa una determinación de oficio que exigía $19.878.057,21 (detalle: $15.798.781,24 por Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; $826.792,82 por Mantenimiento Red Vial; $1.682.072,28 por Tasa de Salud y Asistencia Social; $1.570.410,87 por Tasa por Protección Civil) más accesorios, y confirmó multas y clausura. Pide también que se tenga por prescritas las deudas y sanciones de períodos 01/2018 a 06/2021 y se deje sin efecto la clausura.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la pretensión anulatoria y se anuló el Decreto N° 4406/2023; se impusieron las costas a la demandada. El Tribunal consideró que no quedó acreditado que el actor desarrollara en Moreno la actividad que justifique la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene ni que se hubiera prestado el servicio concreto, efectivo e individualizado que legitima la tasa; por ello, declaró también improcedentes las determinaciones accesorias (Tasa de Salud y Asistencia Social y Tasa por Protección Civil) que se calcularon sobre aquella.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En definitiva, si bien las actuaciones administrativas revelan la existencia de ciertos indicios que vinculan al actor con el inmueble ubicado en el Partido de Moreno, tales elementos no resultan concordantes y no alcanzan, siquiera en un grado mínimo, para tener por comprobados los presupuestos necesarios para la procedencia de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene."
"De tal modo, lo determinante es que de las constancias incorporadas no surge que aquellas actuaciones hubiesen importado la concreta prestación del servicio de inspección de seguridad, salubridad e higiene cuya retribución se persigue mediante el tributo determinado."
"Por tales razones, corresponde hacer lugar al planteo formulado por la parte actora y declarar la improcedencia de la determinación correspondiente a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos 01/2018 a 12/2022."
(Bloque dispositivo final:)
"1) Hacer lugar a la pretensión anulatoria deducida por el Sr. Rodrigo Javier Rossato, anulando el Decreto N° 4406/2023, firmado por la Intendente Municipal de Moreno con fecha 1/11/2023. 2) Costas a la demandada vencida (art. 51 inc. 1 CPCA, Ley 14.437). 3) Firme o consentida la presente... 4) A los fines de dar cumplimiento al art. 2 del Ac.4011/21... NOTIFIQUESE. REGISTRESE."
Nota sobre prescripción: el Tribunal consideró innecesario continuar con el análisis del planteo de prescripción una vez resuelta la improcedencia de la determinación tributaria: "en cuanto al planteo de prescripción formulado por la parte actora ... entiende el suscripto que su análisis deviene a esta altura innecesario."
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