JurisprudenciaARG
Primera Instancia

C. ORLANDO DAVID C/ N. FERNANDO EZEQUIEL Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por un choque por alcance ocurrido el 4/6/2009. El Tribunal hizo lugar a la acción y condenó a los codemandados y a la aseguradora al pago de $7.600.000 más actualización e intereses, por daño psíquico, tratamiento y gastos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 1 - AVELLANEDA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AV-4722-10
Danos y perjuicios Accidente de transito Choque por alcance Trauma psiquico Dano moral Gastos Aseguradora Responsabilidad civil Actualizacion (cer) Intereses.

¿Quién es el actor?

ORLANDO DAVID C., por intermedio de apoderado Dr. Carlos Enrique Aguas Calm.

¿A quién se demanda?

FERNANDO EZEQUIEL N. (conductor), CRISTIAN ADRIAN G. (titular registral del Fiat Duna) y L. COMPAÑIA GENERAL DE SEUGROS S.A. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 4 de junio de 2009, por un impacto de un Fiat Duna al Chevrolet Corsa del actor; se reclamaron incapacidad, daño psíquico, gastos y daños morales.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda en su integridad y se condena a FERNANDO EZEQUIEL N. y a CRISTIAN ADRIAN G. (con extensión a la aseguradora) a pagar $7.600.000, con actualización por el Coeficiente de Estabilización de Referencia del BCRA y aplicación de intereses desde la fecha del hecho y hasta su pago efectivo; costas a la demandada vencida; honorarios a regularse una vez firme el pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2) Corrido traslado de demanda, se presentó CRISTIAN ADRIAN G. ... Reconoce el hecho en el que interviniera su rodado Fiat Duna (al mando de Fernando N.) sosteniendo que el mismo se produjo por la culpa de la víctima quien se detuvo en forma inesperada provocando un leve contacto entre los móviles."

"Lo cierto es que del plexo probatorio se desprende que Nieto embistió por detrás al Chevrolet corsa que manejaba Castro, sin haber efectuado prueba de descargo alguno el accionado (que adujo la culpa de la víctima) lo que lo convierte en el exclusivo responsable del hecho, extendiéndose la misma a Cristian G. en su calidad de titular registral del bien (arts.375, 384, y ccd del CPCC, )."

"3) ... Examinado por el perito de autos Dr. J. Bogacz (19/05/2025) este concluyó que el actor no padece incapacidad física alguna derivada del presente accidente, verificando que tuvo un reposo de 20 días con collar ortopédico, reincorporándose a su trabajo sin dificultad alguna, por lo que habré de desestimar esta parcela (art. 375, 474 del CPCC)."

"4) Desde la esfera psiquica sostiene la experta Olinda Sielecki (7/03/2024) que el actor sufre de un trastorno por estrés postraumáitco, sin especificar si todo ello resulta únicamente vinculado al hecho de autos. Por tal motivo entiendo adecuado justipreciar este rubro en la suma de $ 6.000.000 (SEIS MILLONES DE PESOS) y la de $ 500.000 (QUINIENTOS MIL PESOS) para el tratamiento indicado."

"5) Concerniente a gastos en función de la presunción establecida en el articulo 1746 del digesto de fondo y las circunstancias del caso le asigno la suma de $ 100.000 (CIEN MIL PESOS)."

"6) ... En base a estar consideraciones considero apropiado fijar para este segmento la suma de $ 1.000.000 (UN MILLON DE PESOS art. 1741 del C.C. y C.)."

"7) En consecuencia la demanda habrá de prosperar por la suma de $ 7.600.000 (SIETE MILLONES SESICIENTOS MIL PESOS ) importe que se actualizará desde la fecha de la presente hasta su efectivo pago mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia elaborado por el Banco Central de la República Argentina ... con mas los intereses ... desde la fecha del hecho y hasta el dictado de la presente al 6% anual, mientras que los posteriores hasta su efectivo pago a la tasa digital que paga el Bco de la Pcia de Bs. As ..."

¿Cómo votaron los jueces?

fallo dictado por el Juez Pablo Ernesto Bocaccia (único decisor en primera instancia); no consta votación dividida.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.