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Primera Instancia

DUARTE CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió trámite de sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Carlos Alberto Duarte para declarar herederos a su hijo y cónyuge. El Tribunal declaró que le suceden como herederos universales Javier Alberto Duarte y Hilda Nelida Ramírez, y declaró a la cónyuge heredera en cuanto a bienes propios y con los derechos que la ley le reconoce respecto de los gananciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-10557-2026
Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Heredero universal Conyuge Hijo Fallecimiento 19/04/2025 Edictos art. 734 cpcc Articulos 2426-2433 ccyc Bienes propios Gananciales

¿Quién es el actor?

D. H. (solicitante del expediente)

¿A quién se demanda?

No corresponde / No especificado

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apertura de la sucesión intestada de Carlos Alberto Duarte y declaración de herederos.

¿Qué se resolvió?

Se declara que, por el fallecimiento de CARLOS ALBERTO DUARTE ocurrido el 19 de abril de 2025, le suceden en carácter de herederos universales su hijo JAVIER ALBERTO DUARTE y su cónyuge HILDA NELIDA RAMIREZ; adicionalmente se declara a la cónyuge heredera en cuanto a bienes propios, con las salvedades y derechos que la ley le reconoce respecto de los gananciales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de CARLOS ALBERTO DUARTE, ocurrida el 19 de Abril de 2025.-

Que este había contraído matrimonio con HILDA NELIDA RAMIREZ, el día 8 de Junio de 1976 (conforme surge de las constancias acompañadas al escrito liminar).-

Que de esa unión nacio JAVIER ALBERTO DUARTE el 8 de Octubre de 1976 (ver partida acompañada al escrito liminar).-

Que con los diarios y recibos acreditados en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto.-

Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2426, 2427, 2428 Y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARLOS ALBERTO DUARTE, le suceden en carácter de universales herederos su hijo JAVIER ALBERTO DUARTE y su cónyuge HILDA NELIDA RAMIREZ, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.-"

(Se transcribe el bloque dispositvo final tal como consta en el expediente, que constituye la decisión del Tribunal.)

Leyes que cita

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