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Primera Instancia

PACHECO MIGUEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió la declaratoria de sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Miguel Pacheco para determinar herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que son herederos universales Amancia Artemia Pacheco, Amanda Virginia Pacheco y los sobrinos Elsa Noemí y Osvaldo Héctor Pacheco (en representación de Víctor Pacheco).

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-37033-2025
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Exhorto/notificacion electronica (acordada 4039/2021) Art. 734 c. proc. (edictos) Art. 2337 2424 2438 2439 ccyc Exclusion por incomparecencia (apercebimiento) Certificados de defuncion Representacion por prefallecimiento Provincia de buenos aires nota: el texto de la sentencia no consigna el nombre del juez que dicto el pronunciamiento Por ello figura como desconocido.

¿Quién es el actor?

D. H. (solicitante de la declaratoria de sucesión)

¿A quién se demanda?

Miguel Pacheco (causante, fallecido)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de apertura de sucesión ab-intestato y determinación de herederos del causante Miguel Pacheco, fallecido el 8 de julio de 2025.

¿Qué se resolvió?

Se declaró en cuanto a lugar que por fallecimiento de Miguel Pacheco le suceden, en carácter de herederos universales, sus hermanas Amancia Artemia Pacheco y Amanda Virginia Pacheco, y sus sobrinos Elsa Noemí y Osvaldo Héctor Pacheco (en representación de su hermano prefallecido Víctor Pacheco). Se excluyó a Lidia Isabel Pacheco por falta de comparecencia tras apercibimiento; se tuvieron por cumplidos los edictos según art. 734 inc. 2º C. Proc.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1º) Que con el certificado adjunto a la presentación liminar se acredita el fallecimiento de MIGUEL PACHECO, ocurrido el 8 de Julio de 2025.-

...

4º) Que según se denunciara en autos el causante era de estado civil soltero y sin descendencia.

...

8º) Que se ha citado a LIDIA ISABEL PACHECO quien no ha comparecido el proceso. Por ello corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la providencia dictada con fecha 22-5-2026 y excluirla de la presente declaratoria.-

10º) Que con los diarios y recibos obrantes en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del C. proc. y sobre cuyo resultado negativo informa la actuaria en este acto.-

Por ello: de conformidad con lo pedido y lo dictaminado por los arts. 2337, 2424, 2438 y 2439 del Código Civil y Comercial de la Nación y los arts. 734 y 735 del C. Proc., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de MIGUEL PACHECO le suceden en carácter de universales herederos sus hermanas AMANCIA ARTEMIA PACHECO y AMANDA VIRGINIA PACHECO. y sus sobrinos ELSA NOEMI y OSVALDO HECTOR PACHECO (en representación de su hermano prefallecido VICTOR PACHECO)-"

Leyes que cita

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