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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CACERES LUZ MILAGROS S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución por cobro ejecutivo promovida por el Banco Provincia contra la Sra. Cáceres por deuda de tarjetas de crédito. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por $204.450,91 más intereses, morigeró las tasas contractuales aplicando para los punitorios la tasa activa (promedio de descuento del Banco Provincia) y compensatorios al 12% anual, e impuso las costas al ejecutado vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-6989-2024
Ejecucion Cobro ejecutivo Tarjeta de credito Morigeracion de intereses Tasa activa Interes compensatorio 12% anual Incomparecencia Costas Domicilio procesal Banco provincia

¿Quién es el actor?

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

CACERES LUZ MILAGROS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo por capital adeudado derivado de tarjetas de crédito (detalladas en el considering II) hasta integrar la suma reclamada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución ordenando continuarla hasta que el deudor pague íntegro el capital reclamado de $204.450,91 más los intereses liquidados según pautas fijadas; se morigeraron los intereses contractuales; se impusieron las costas al accionado vencido; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado; se difirió regulación de honorarios conforme arts. 51 de las leyes 8904 y 14967.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I.- "No habiendo la parte demanda comparecido conforme a derecho (art. 56 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fuera intimada de pago en su domicilio de la calle COBO N° 3.940 de MORON (ver informe de fecha 06/09/2026), según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 116 y 155 del CPCC)."

II.- "Respecto a los intereses pactados en el contrato de mutuo, resultando los mismos excesivos, corresponde morigerarlos. Consecuentemente, los mismos deben ser liquidados según la tasa activa (promedio de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires), para los punitorios, mas los intereses compensatorios del 12 % anual, cuyo cálculo deberá efectuarse desde la fecha de mora:

tarjeta de crédito VISA nº 961892892 $121.733,52 (05/09/2022)

tarjeta de crédito MASTERCARD nº 927032-0-7 $82.717,39 (20/05/2021)

y hasta el momento de su efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar. - cálculo de intereses en línea - (conf. R.S. NRO. 92 del 24 de Septiembre de 2013)."

¿Qué se resolvió?

"1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra CACERES LUZ MILAGROS hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $204.450,91, con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo.

2) Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de las leyes 8904 y 14967.

3) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts.40 y 41 del CPCC)."

(La decisión se apoya en la incomparecencia del demandado, la intimación practicada y en la morigeración de intereses por resultar excesivos, conforme a los artículos indicados del CPCC y a la R.S. Nro. 92/2013 para cálculo de intereses.)

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