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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROSSODOVITA VICTOR HUGO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

Demanda de cobro sumario por préstamo y saldo de tarjeta de crédito. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $138.064,85 más intereses calculados conforme a la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires (límite: 1,5 veces dicha tasa), imponiéndole las costas.

Rebeldia Tarjeta de credito Prestamo personal Intereses compensatorios y punitorios Costas. Cobro sumario Ley 25.065 Mora ex re Ley 24.240 (ldc) Clausula 12 (impugnacion de resumen)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Juan Manuel Diez. Demandado: Victor Hugo Rossodovita. Objeto: Cobro sumario de pesos por saldo de préstamo y tarjeta de crédito — suma reclamada en autos: $138.064,85 por préstamo otorgado y $19.445,71 por saldo de tarjeta Mastercard (se consolidan en el cálculo final del crédito). Decisión: Se hace lugar a la demanda; se condena al demandado a pagar en 10 días la suma de $138.064,85, con intereses que deberán calcularse según las pautas del Considerando IV (equivalentes a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones en pesos a 30 días vigente en los distintos períodos de aplicación, con límite de una vez y media dicha tasa por todo concepto). Se impusieron las costas a la demandada; se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En autos la parte demandada ha quedado rebelde, situación procesal que implica mediante el juego armónico de los arts. 59, y 354 inciso 1ero. el reconocimiento de la documentación acompañada al demandar, y la recepción de las cartas dirigidas a la demandada, como asimismo implica la presunción de verosimilitud de los hechos expuestos al demandar. Lo antes expuesto deriva en autos en el reconocimiento del contrato de tarjeta de crédito adunado a autos, y la certificación contable aportadas al demandar, como asimismo la declaración jurada respecto de la inexistencia de cuestionamiento a los consumos previo a la mora por parte de la demandada, como así tampoco la inexistencia de denuncias de extravío o sustracción, quedando asimismo reconocido el otorgamiento de un préstamo personal por $123.400
- ... y que la suma requerida le fue acreditada, en fecha 04/06/2018, en su caja de ahorro Nº003-5322472." "Frente esas pautas contractuales, a las que voluntariamente se comprometió a respetar, resulta jurídicamente vinculante para la accionada su omisión de cuestionar el mencionado resumen en el tiempo y procedimiento acordado para ello. En consecuencia la prueba acompañada analizada en el marco de los arts. 59, 375, 354 inciso 1ro. y 384 del CPCC acreditan los hechos planteados al demandar, como asimismo las sumas reclamadas, las que se encuentran impagas, y la fecha de mora de las mismas ... De tal manera entonces que
- sobre la base de los elementos aportados; prueba producida; y la ausencia de impugnación a los cargos de los que da cuenta la cláusula 12 del contrato de tarjeta se encuentran acreditados los hechos expuestos al demandar, como asimismo las sumas reclamadas y la fecha de mora de las mismas (arts. 59, 354 inciso 1ro. y 384 del CPCC.), en tanto la parte demandada no abonó los cargos que se le imputan como tampoco que ejerció el derecho que el contrato le confiere de ser impugnados ( conf. cláusula 12)." "Por ello, en atención a lo establecido por la ley 24.240 y modificatoria, deberán aplicarse las tasas prescriptas por los arts. 16 y 18 de la Ley 25.065, por lo que deberán abonarse las sumas adeudadas, con más intereses y hasta el efectivo pago, equivalentes a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones en pesos a 30 días vigente en los distintos períodos de aplicación ... en las medida que aquellos por todo concepto ( compensatorios y punitorios) no superen una vez y media la Tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días, siendo este su límite."
- Voto mayoritario / dispositivo (resumen del fallo final): "Haciendo lugar a la demanda de cobro de pesos interpuesta por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra VICTOR HUGO ROSSODOVITA, y en consecuencia, condenando a la demandada a que en el plazo de diez dias pague al Banco actor las suma de pesos $138.064, 85 ..., debiendo calcularse los intereses siguiendo las pautas establecidas en el Considerando IV, en las medida que aquellos por todo concepto ( compensatorios y punitorios) no superen una vez y media la Tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires ... Imponiendo las costas a la demandada ..."

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