RESGUARDO ALBERTO, RESGUARDO GRACIELA NORMA NATIVIDAD Y LO CASCIO VICENTA Y GOMEZ LIÑARES JOSE LUIS S/ SUCESION AB INTESTATO
Se solicitó la declaratoria de herederos abintestato por el fallecimiento de José Luis Gómez Liñares. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que lo suceden como herederos universales sus hijos Walter Sebastián, Lucas Esteban y María José Gómez y Resguardo, acreditado el fallecimiento y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los promoventes identificados en el expediente (RESGUARDO ALBERTO; RESGUARDO GRACIELA NORMA NATIVIDAD; LO CASCIO VICENTA) peticionaron la declaratoria de herederos.
Demandado: JOSE LUIS GOMEZ LIÑARES (fallecido el 7/1/25).
Objeto: Declaratoria de herederos abintestato y la consecuente sucesión por fallecimiento del causante.
Decisión: Se hizo lugar al pedido y se declaró, “en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros”, que por fallecimiento de JOSE LUIS GOMEZ LIÑARES le suceden en carácter de universales herederos sus hijos WALTER SEBASTIAN, LUCAS ESTEBAN y MARIA JOSE GOMEZ Y RESGUARDO.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
1º) “Que con el certificado remitido en pdf del 22/6/26 se acredita el fallecimiento de JOSE LUIS GOMEZ LIÑARES ocurrido el día 7/1/25.”
2º) “Que el mismo había contraído matrimonio el 24/8/1973 con GRACIELA NORMA NATIVIDAD RESGUARDO premuerta al mismo el día 10/4/2001-ver DH del 28/12/2005.”
3º) “Que de esa unión nacieron: WALTER SEBASTIAN (14/6/1974), LUCAS ESTEBAN (9/11/1978) Y MARIA JOSE (24/2/1986) -ver pdf del 22/6/26.”
4º) “Que con fecha 7/8/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto…”
Dispositivo: “Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337 y 2426 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de JOSE LUIS GOMEZ LIÑARES le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: WALTER SEBASTIAN, LUCAS ESTEBAN Y MARIA JOSE GOMEZ Y RESGUARDO.”
Otras anotaciones del acto: “Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero.” Además se notificó por domicilio electrónico constituido en el expediente: 23168707924@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
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