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ROSSI FORTALINA CROTILDE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaratoria de herederos por sucesión intestada de Rossi Fortalina Crotilde. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que le suceden como herederos universales sus hijos Elida Mabel y Rubén Osvaldo Melia y Rossi, con fundamento en los arts. 3410 y 3565 del Código Civil y los arts. 735 y 737 del CPCC.

Matrimonio Declaratoria de herederos Actuaria Sucesion ab-intestato Edictos Herederos universales Art. 734 cpcc Codigo civil arts. 3410 y 3565 Registro/inscripcion sin efecto. Fallecimiento 11/2/2006

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El escrito fue presentado por D. H. (consta como quien solicita la tramitación y providencia). Demandado: Se tramita la sucesión ab-intestato de ROSSI FORTALINA CROTILDE (fallecida el 11/2/2006). Objeto: Pedido de declaratoria de herederos por fallecimiento de la causante. Decisión: Se declaró, en cuanto hubiera lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ROSSI FORTALINA CROTILDE le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ELIDA MABEL y RUBEN OSVALDO MELIA Y ROSSI. Se dejó constancia del resultado negativo de la publicación de edictos conforme al art. 734 y de que la resolución carece de valor para inscripción, cesión/transmisión de bienes o cobro de suma alguna.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que con el certificado remitido en pdf del 4/8/26 se acredita el fallecimiento de ROSSI FORTALINA CROTILDE ocurrido el día 11/2/2006.-" "Que la misma había contraído matrimonio el 27/8/1953 con MELIA RUBEN ISRAEL premuerto a la misma el día 28/5/1973-ver pdf del 4/8/26." "Que de esa unión nacieron: ELIDA MABEL (1912/1953) Y RUBEN OSVALDO (29/4/1956) -ver pdf del 4/8/26.-" "Que con fecha 27/8/26 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto..." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3565 del Código Civil y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ROSSI FORTALINA CROTILDE le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ELIDA MABEL Y RUBEN OSVALDO MELIA Y ROSSI.-" "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero.-"
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente.

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