ARENA AMALIA MERCEDES Y OTROS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Acción sucesoria intestada para declarar herederos y orden de registro de edictos. El Tribunal declaró universalmente herederos a los hijos y cónyuge de Rosario Arena y reconoció la sucesión de los descendientes por premoriencia; además dejó constancia del resultado negativo de la publicación de edictos y de la falta de validez del acto para efectos registrales y de cobro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los peticionantes son los presuntos herederos identificados en el expediente, entre ellos AMALIA MERCEDES ARENA y sus hermanos (MIGUEL ANGEL, JUAN MANUEL, MARIA CRISTINA y ANIBAL ROMAN ARENA Y GARCIA) y los nietos MARIELA ANDREA y HERNAN RODRIGO LOPEZ Y ARENA en representación de su madre premuerta.
Demandado: La sucesión de ROSARIO ARENA (causante).
Objeto: Se solicita la declaración de herederos ab-intestato por el fallecimiento de ROSARIO ARENA y, subsidiariamente, la declaración de herederos de causantes intervinientes (AMALIA MERCEDES ARENA y AMALIA OLINDA GARCIA), con constatación del resultado de la publicación de edictos conforme art. 734 CPCC.
Decisión: Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de ROSARIO ARENA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MIGUEL ANGEL, AMALIA MERCEDES, JUAN MANUEL, MARIA CRISTINA y ANIBAL ROMAN ARENA Y GARCIA y su cónyuge AMALIA OLINDA GARCIA; que por fallecimiento de AMALIA MERCEDES ARENA suceden sus hijos MARIELA ANDREA y HERNAN RODRIGO LOPEZ Y ARENA; y que por fallecimiento de AMALIA OLINDA GARCIA suceden sus hijos MIGUEL ANGEL, JUAN MANUEL, MARIA CRISTINA y ANIBAL ROMAN ARENA Y GARCIA y, en representación de su madre premuerta Amalia Mercedes, sus nietos MARIELA ANDREA y HERNAN RODRIGO LOPEZ Y ARENA. Se registró el resultado negativo de la publicación de edictos practicada el 11/8/26.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original):
"1º) Que con el certificado de defunción adjunto el 8/5/26 se acredita el fallecimiento de ROSARIO ARENA ocurrido el día 26/5/2000.-
2º) Que éste era de estado civil casado en sus primeras nupcias con AMALIA OLINDA GARCIA, el día 1/4/44 -ver certificado de matrimonio adjunto el 8/5/26.-
3º) Que con el certificado adjuntado el 8/5/26 se acredita la defunción de AMALIA OLINDA GARCIA acaecida el 20/8/21.
4°) Que de esa unión nacieron: MIGUEL ANGEL (20/3/45), AMALIA MERCEDES (22/12/46), JUAN MANUEL (18/3/50), MARIA CRISTINA (15/9/53) Y ANIBAL ROMAN (15/12/55) -ver certificados de nacimientos adjuntos el 8/5/26.-
5º) Que con el certificado adjuntado el 8/5/26 se acredita la defunción de AMALIA MERCEDES ARENA acaecida el 5/12/2015.
Que de la unión de la misma y Luis Alberto Lopez nacieron: MARIELA ANDREA (1/11/72) y HERNAN RODRIGO (11/9/76) -ver pdf del 8/5/26.-
6°) Que con fecha 11/8/26 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14326/ver"
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3545, 3565 y 3570 del Código Civil y arts.7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ROSARIO ARENA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MIGUEL ANGEL, AMALIA MERCEDES, JUAN MANUEL, MARIA CRISTINA Y ANIBAL ROMAN ARENA Y GARCIA y su cónyuge: AMALIA OLINDA GARCIA, a quien también se la declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Asimismo, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de AMALIA MERCEDES ARENA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MARIELA ANDREA Y HERNAN RODRIGO LOPEZ Y ARENA. Y por último se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de AMALIA OLINDA GARCIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MIGUEL ANGEL, JUAN MANUEL, MARIA CRISTINA Y ANIBAL ROMAN ARENA Y GARCIA ; y en representación de su madre premuerta Amalia Mercedes le suceden sus nietos : MARIELA ANDREA Y HERNAN RODRIGO LOPEZ Y ARENA."
- Otras constancias relevantes:
"Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."
Notificación practicada al domicilio electrónico constituido: 20219055987@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
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