MAZZEO ORLANDO FLORENCIO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de herederos en sucesión ab-intestato por fallecimiento de Orlando Florencio Mazzeo y María Elvira Sogorb. El Tribunal declara herederos universales a los hijos Gustavo Alejandro Mazzeo Sogorb y Jorge Osvaldo Mazzeo Sogorb y reconoce derechos de la cónyuge sobreviviente conforme al Código Civil y Comercial y al CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gustavo Alejandro Mazzeo Sogorb y Jorge Osvaldo Mazzeo Sogorb (peticionantes que solicitaron la declaración).
Demandado: La sucesión de ORLANDO FLORENCIO MAZZEO y de MARIA ELVIRA SOGORB (causantes fallecidos).
Objeto: Declaración de herederos en sucesión ab-intestato y pedido de auto de identidad de persona.
Decisión: Se declara, en cuanto hubiere lugar, que por fallecimiento de ORLANDO FLORENCIO MAZZEO le suceden como herederos universales sus hijos GUSTAVO ALEJANDRO MAZZEO Y SOGORB y JORGE OSVALDO MAZZEO Y SOGORB y su cónyuge MARIA ELVIRA SOGORB; y por fallecimiento de MARIA ELVIRA SOGORB le suceden como herederos universales sus hijos GUSTAVO ALEJANDRO MAZZEO SOGORB y JORGE OSVALDO MAZZEO SOGORB. Se ordenó registro y notificación electrónica. Se tuvo por acreditado el fallecimiento de los causantes y la publicación de edictos con resultado negativo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en el autos):
"1º) Que con el certificado de defunción adjunto el 25/03/2026 se acredita el fallecimiento de ORLANDO FLORENCIO MAZZEO ocurrido el día 01/11/1997.-
2º) Que con el certificado adjunto el 25/03/2026 se acredita el fallecimiento de MARIA ELVIRA SOGORB ocurrido el día 13/09/2021.-
3º) Que los causantes habían contraído matrimonio el día 21/05/1959 según surge del certificado adjunto el 25/03/2026.-
4º) Que de esa unión nacieron: GUSTAVO ALEJANDRO Y JORGE OSVALDO -ver certificados de nacimiento adjuntos el 25/03/2026.-
5º) Que con fecha 14/07/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14275"
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ORLANDO FLORENCIO MAZZEO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: GUSTAVO ALEJANDRO MAZZEO Y SOGORB Y JORGE OSVALDO MAZZEO Y SOGORB y su cónyuge: MARIA ELVIRA SOGORB a quién también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Y por fallecimiento de MARIA ELVIRA SOGORB le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: GUSTAVO ALEJANDRO MAZZEO SOGORB Y JORGE OSVALDO MAZZEO SOGORB. REGISTRESE.-"
"Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero.-"
- Petición accesorias/acto procesal: "Del pedido de auto de identidad de persona solicitado en fecha 25/03/2026 dése vista al Agente Fiscal." Notifícase por domicilio electrónico constituido.
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