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EMPRESA SAN VICENTE SAT C/GALLO PEDRO ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (

Accidentes de tránsito con múltiples demandas colectivas por colisión entre un colectivo (Empresa San Vicente, interno 162) y un camión en Ruta 210; se atribuye responsabilidad concurrente y se condena parcialmente a los conductores y a la empresa demandada —se distribuye la responsabilidad 50%/50% entre conductor del camión y conductor del colectivo y se condena solidariamente a los responsables y a las aseguradoras en los montos fijados.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Aseguradora Transporte de pasajeros Valor vida Responsabilidad concurrente Solidaridad Ley 24.240 Tasa de interes (actualizacion)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Varios pasajeros del microómnibus (listados arriba) y la empresa San Vicente en una demanda cruzada. Demandado: Empresa San Vicente SAT; Pedro Alberto Gallo; Esteban Salvador González; y las aseguradoras Federación Patronal Seguros S.A. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. Objeto: Daños y perjuicios derivados de la colisión frontal ocurrida el 23/11/2005 en Ruta Provincial N°210 (puente Los Manantiales) entre un colectivo interno 162 (Línea 51) y un camión Ford Cargo, con víctimas lesionadas y un fallecido (Jorge Fumiatti). Decisión: Se admiten parcialmente las pretensiones de la mayoría de los actores y se condena, en distintos montos, a los conductores y a la Empresa San Vicente SAT, con ejecución extensiva a las aseguradoras en la medida de sus pólizas. El Tribunal concluye que ambos conductores invadieron en alguna medida la mano de circulación del otro y distribuye la responsabilidad causal en forma concurrente (50%/50%), por lo que, "habiendo aportado en igual medida a la ocurrencia del hecho, habré de condenar a todos los responsables en forma solidaria -in solidum-".
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Las conclusiones de los expertos permiten establecer que la maniobra desplegada por ambos conductores, constituyeron condiciones causalmente relevantes para la producción del resultado... En consecuencia, no advierto elementos suficientes que permitan atribuir la ocurrencia del hecho de manera exclusiva a alguno de los conductores. ... estimo adecuado distribuir la responsabilidad por la producción del siniestro en partes iguales, atribuyendo un 50% al conductor del camión, Sr. Jorge Fumiatti, y el restante 50% al conductor del colectivo de la empresa San Vicente S.A.T, Esteban Salvador Gonzalez." "Dicha conclusión, sin embargo, no afectará la medida de la condena de cada uno de los legitimados pasivos respecto de los terceros transportados, pues tratándose de obligaciones concurrentes las que asumen con relación a los últimos cada uno desde la relación jurídica contractual que los relaciona con aquellos --contractual o extracontractual-
- y habiendo aportado en igual medida a la ocurrencia del hecho, habré de condenar a todos los responsables en forma solidaria -in solidum-. (art. 42 de la CN; arts. 1, 2, 5, 40, 53 y cctes. de la Ley 24.240; arts. 384, 474, 34 inc. 4, 164 y cttes. del CPCC)." "Por ello, en mérito a todo lo que se ha expuesto, con soporte en las conclusiones del dictamen pericial médico, visto el tenor de las secuelas funcionales y en atención al porcentual de incapacidad que se ha estimado, así como la edad de la víctima al momento del hecho, considero propicio admitir el rubro bajo tratamiento, fijando su cuantía en la suma de pesos trece millones ($13.000.000)." (FALLO, extractos dispositivos) "1) Admitiendo parcialmente la pretensión esgrimida por Alfredo Héctor Pagliuca contra Pedro Alberto Gallo y Empresa San Vicente SAT, en consecuencia condeno a estos últimos a abonar ... PESOS VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($23.600.000) ... 8) ... a la actora la suma de PESOS CINCUENTA Y UNO MILLONES ($51.000.000) ... 9) ... a la actora la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($130.000.000) ... 10) ... condeno a Esteban Salvador Gonzalez y Empresa San Vicente SAT ... PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($42.500.000) Y PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES ($84.000.000) respectivamente ... 12) Imponiendo las costas del juicio a los accionados vencidos."
- Observaciones sobre mayoría/decisión: El bloque dispositivo final establece las condenas y la distribución de responsabilidad (50%/50%) y la solidaridad entre responsables y aseguradoras; se aplicó normativa consumerista para pasajeros (Ley 24.240) y norma del Código Civil vigente al momento del hecho para aspectos extracontractuales.

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