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ALIANZA SGR C/ CHENA GUSTAVO ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO

Alianza SGR promovió cobro ejecutivo contra Gustavo Antonio Chena por $16.430.769,23. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución, declaró perdido el derecho a excepciones por falta de contestación y fijó intereses desde el 21/04/2025 a la tasa activa del Banco Provincia, con IVA sobre intereses; costas a la demandada.

Ejecucion Cobro ejecutivo Iva sobre intereses Trance y remate Costas a la demandada Tasa activa banco provincia Perdida del derecho a excepciones Constitucion de domicilio procesal 23. Intereses desde mora 21/04/2025 Monto $16.430.769

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ALIANZA SGR. Demandado: GUSTAVO ANTONIO CHENA. Objeto: Cobro ejecutivo de la suma adeudada ($16.430.769,23) y ejecución hasta obtener el pago. Decisión: Se ordenó la continuación de la causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago de $16.430.769,23; se declaró perdido el derecho de oponer excepciones por no haberlas opuesto en término; se impusieron costas a la demandada; se regularán honorarios oportunamente; se constituyó domicilio procesal en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes): "Atento al resultado del mandamiento que se diligenciara a la accionada en su domicilio de la calle Ramón Falcon Nro 495 de Lomas de Zamora (ver INFORME POR CEDULA / CEDULA INFORMADA (243800332043264594)) y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.C.)." "FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado GUSTAVO ANTONIO CHENA haga al acreedor ALIANZA SGR íntegro pago de la suma de $16.430.769,23 (son pesos DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 23/100 )." "La suma descripta es debida con más los intereses que se devenguen desde la mora del deudor operada el 21/04/2025 los que se calcularán conforme la tasa Activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de descuento a treinta días en pesos, conforme a los parámetros de la tasa de interés publicada por la SCBA en su página web para el calculo de los intereses en línea (arts.767,768,769,771 del C.C.yC.). Con más el IVA sobre los intereses antes mencionados, (Art. 10 inc 2, ley 23.349, Art. 10 dto. ley 692/98)." "Costas a la demandada (arts. 68 y 556 del CPCC). Postérgase la regulación de honorarios para la oportunidad en que se fije el monto por el cual prospere la ejecución (Arts. 23 y 54 de la Ley 8.904 y Ley 14967). Tiénese por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado (Art. 41 del CPCC). REGISTRESE."

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