BENGOCHEA FABIAN REMIGIO MANUEL C/ GARANTIZAR SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA S.A. S/ EJECUCION HONORARIOS
Ejecución de honorarios contra Garantizar SGR por reclamo de pago profesional. El Tribunal declaró extinguida la acción por pago, reguló honorarios a favor de la Dra. María Silvina Lamelza en 7 IUS más el 10% previsto por la ley 6716 e IVA si correspondiera, y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BENGOCHEA FABIAN REMIGIO MANUEL.
Demandado: GARANTIZAR SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA S.A.
Objeto: Ejecución de honorarios profesionales.
Decisión: Se tuvo por extinguida la acción por pago; se regularon honorarios de la letrada del actor; se ordenó el levantamiento de las medidas cautelares anotadas en autos y se dejó constancia de haberse cumplido con el pago de los conceptos indicados en las boletas.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"JUNIN, en la fecha de suscripción de presente, VISTO lo solicitado por el accionante en el escrito electrónico de fecha 28/09/2026, tiénese por extinguida la presente acción por pago (arts. 3, 7 y 865 del C.C. y C. de la Nación).
ASI LO DECIDO."
"Consecuentemente, regulo los honorarios de la Dra. MARIA SILVINA LAMELZA, en la suma equivalente a 7 IUS arancelarios con más el 10 % que determina la ley 6716 e IVA si correspondiera (art. 1, 2, 5, 16. 21. 22. 23, 34 y ccs. ley 14.967).
Con las boletas adjuntas, por cumplido con el pago de Bono Ley 8480, aportes previsionales, Tasa de Justicia y su contribución."
"Consecuentemente, procedase al levantamiento de las medidas cautelares anotadas en autos, a cuyo fin oficiese en la forma de estilo.
Regístrese. -
Notifiquese automáticamente de conformidad con lo dispuesto por la Ac. 3991/21. (art. 54 ley 14.967)."
Observaciones:
- Fecha del escrito que motiva la extinción: 28/09/2026.
- Regulación concreta de honorarios: 7 IUS arancelarios + 10% según ley 6716 y IVA si correspondiera.
- Se dejó constancia de pago de Bono Ley 8480, aportes previsionales y Tasa de Justicia.
- Orden de levantamiento de medidas cautelares anotadas en autos.
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