CFN S.R.L. C/ LA ROSA LOPEZ MATIAS DANIEL S/ COBRO EJECUTIVO
Demanda de cobro ejecutivo por pagaré vinculado a contrato de mutuo para consumo por $1.450.000. El Tribunal manda llevar adelante la ejecución y condena al ejecutado al pago del capital de $1.047.222,22 más intereses desde la mora del 5/1/2025 conforme la tasa activa del BNA con un recargo del 50% por punitorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CFN S.R.L.
Demandado: MATIAS DANIEL LA ROSA LOPEZ
Objeto: Cobro ejecutivo fundado en pagaré a la vista integrado con contrato de mutuo y liquidación (operación de consumo). Se reclama el saldo adeudado del préstamo otorgado por $1.450.000 a pagarse en 18 cuotas, del cual el ejecutado habría abonado 5 cuotas y adeudaría 13.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución y se manda llevar adelante la ejecución hasta hacer íntegro pago a CFN S.R.L. del capital adeudado fijado en $1.047.222,22, más intereses conforme la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de mora (5/1/2025) con un adicional del 50% de dicha tasa en concepto de punitorios, y costas. Se difiere regulación de honorarios y se constituye domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal):
"Tratándose la documentación base de un pagaré a la vista que se integra con el contrato de mutuo y liquidación (adjuntos en PDF el DEMANDA
- SE PRESENTA (250701576008816665)), vinculado a una operación de consumo, habiendo denunciado la actora que, de las 18 cuotas acordadas en la solicitud de préstamo, el demandado sólo abonó las cinco (5) primeras, tengo por operada la mora el día 5/1/2025 oportunidad en que vencía la 6ta. cuota del mutuo."
"En cuanto al monto por el que la presente demanda habrá de prosperar, teniendo en cuenta que el demandado recibió un préstamo de $1.450.000-, a restituir en 18 cuotas iguales y consecutivas, he de fijar aquél en la suma de $1.047.222,22-; importe que se alcanza como consecuencia de dividir el monto original prestado por la cantidad de cuotas en que dicho importe se debía devolver y multiplicándolo por el número de cuotas adeudadas (13)."
"Respecto a los intereses, toda vez que los pactados exceden el costo medio del dinero en operaciones similares, al capital de condena señalado, deberá adicionarse intereses a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina (conforme lo previsto para este título por el art. 52 inciso 2 del Decreto 5965/63), a computarse desde la fecha de mora -el 5/1/2025
- hasta su pago, con más un 50% de dicha tasa, en concepto de punitorios hasta la cancelación definitiva del crédito."
Bloque dispositivo final:
"1.
- Mandando llevar adelante la ejecución contra MATIAS DANIEL LA ROSA LOPEZ hasta hacer al acreedor, CFN SRL., íntegro pago del capital adeudado de $1.047.222,22-, con más los intereses indicados en los considerandos y las costas (arts. 68 y 556 del CPCC).
2.
- Difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 apart. 2do. de la Ley 14967).
3.
- Teniendo por constituido el domicilio del ejecutado en los Estrados del Juzgado (art.41 y 540 del CPCC), cumpliéndose respecto del mismo las notificaciones por Ministerio de Ley, a partir de la presente.
4.
- Dejando constancia que el ejecutado fue intimado de pago en SAN MARTIN Nº 1470, Zárate (art. 14 del Acordada 2514/93 de la SCJBA)."
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