MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ RUSTICI ZULMA BEATRIZ S/ APREMIO
La Municipalidad de Junín promovió ejecución por apremio contra Zulma Beatriz Rustici por $1.002.000 más intereses y costas. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho a oponer excepciones, ordenó continuar con trance y remate hasta el pago íntegro y declaró las costas a cargo de la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Municipalidad de Junín, por intermedio de la Dra. Graciela Pita.
¿A quién se demanda?
Sra. Zulma Beatriz Rustici.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio por Pesos Un Millón Dos Mil ($1.002.000,00) más intereses y costas, título ejecutivo constituido por sentencia administrativa de fecha 09/09/2025 (Expte. Juzgado de Faltas nº 2, expediente 107446/2025), notificada el 10/02/2026, consentida y firme.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho de la demandada a oponer excepciones; se ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta tanto la ejecutada realice el pago íntegro del capital reclamado ($1.002.000,00) con los intereses fijados por las Ordenanzas Fiscales vigentes desde el 03/08/2026 hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la parte demandada; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III- Intimado de pago y citado a oponer excepciones -ver mandamiento allegado mediante escrito de fecha 03/09/2026-, no habiéndose presentado conforme lo dispuesto por el art. 542 del mismo cuerpo normativo, dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno (art. 540 del CPCC.)."
"IV- Siendo ello así, y visto que el instrumento que se ejecuta es título ejecutivo (art. 2 ley 13.406), por lo cual la ley le ha acordado fuerza ejecutiva (art. 518 del CPCC.), en virtud de lo establecido en los artículos 540, 549 del CPCC. y 12, 24 de la ley 13.406, corresponde llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al emplazante íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millón Dos Mil ($1.002.000,00)."
"V- Correspondiendo el cómputo de intereses moratorios, serán calculados según la ordenanza Fiscal Vigente."
Bloque dispositivo final (FALLO):
"I) Dar a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones (art. 9 ley 13.406).
II) Mandar a llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada, Sra. Zulma Beatriz Rustici haga a la acreedora Municipalidad de Junín, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millón Dos Mil ($1.002.000), con más sus intereses previstos en las Ordenanzas Fiscales vigentes al día 03/08/2026 y hasta el efectivo pago (arts. 540, 546 y 549 del CPCC; 12 de la Ley 13.406).
III) Imponiendo las costas de la ejecución a la parte demandada (art. 68 del CPCC.).
IV) Difiérase la regulación de honorarios para el momento que exista liquidación definitiva (arts. 730 y cc. del C.C. y C.N.; 51 y cc. de la Ley 14967).
V) Teniendo por constituido en los Estrados del Juzgado el domicilio de la parte ejecutada (Arts. 41, 540 y ccs. del CPCC).
VI) Regístrese. Notifíquese automáticamente de conformidad con lo dispuesto por el Ac. 4013 T.O Ac. 4039/2021 SCJBA."
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