DEWAN SERVICIOS SS Y OTRO/A C/ QX LOGISTICA SA S/ COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO
La actora reclamó cobro de sumas por facturas impagas por servicios de logística por $6.768.022,47. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a QX Logística S.A. a pagar $6.768.022,47 más intereses desde la mora del 16/4/2024, por haberse acreditado recepción y falta de impugnación de las facturas.
¿Quién es el actor?
Dewan Servicios S.S., representada por Marina Jazmín Acosta, por servicios de gestión y logística.
¿A quién se demanda?
QX Logística S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de sumas de dinero por cuatro facturas (nros. 1-547; 1-552; 1-555; 1-559) por un total de $6.768.022,47, más intereses desde la fecha de mora y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a QX Logística S.A. a pagar $6.768.022,47 en el término de diez (10) días, más intereses desde el 16/4/2024 según la tasa pasiva del Banco Provincia, y las costas a la demandada. Se difiere regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De este modo, en primer lugar, debe tenerse presente que en autos se encuentra reconocida por la parte demandada la relación comercial mantenida entre ambas partes (arts. 330, 354, 384 del CPCC)."
"Con este norte, no debe perderse de vista que se tiene dicho: 'la factura es el elemento de prueba por excelencia del contrato de compraventa. Pero es un instrumento privado emanado unilateralmente de un comerciante, con el cual se describe el objeto de su prestación en un negocio, el precio, el plazo para el pago si los hubiere y el nombre del cliente, por lo que no determina por sí sola la admisión de la pretensión del emisor. Su virtualidad probatoria está en la recepción por el comprador y en su aceptación, en forma expresa o tácita (...)'"
"En este orden de ideas, creo útil destacar que 'En el Código Civil y Comercial, no sólo la falta de observación de la factura permitirá presumir que se trata de una cuenta liquidada ... se va a presumir legalmente que, no siendo observada la factura, ésta se entenderá aceptada en todo su contenido.'"
"Bajo este esquema y de la prueba hasta aquí valorada, entiendo que se encuentra acreditado el origen de la deuda aquí peticionada derivada de la prestación de servicios de transporte que brindaba la parte actora a favor de la accionada, como asimismo el monto reclamado, el cual se compone de las facturas identificadas bajo los número 1-547, por un monto de $2.270.949,78; número 1-552, por un monto de $1.064.962,14; número 1-555, por un monto de $1.593.007,35; y número 1-559, por un monto de $1.839.103,20 ..."
"Así las cosas, dicha cuestión adquiere particular relevancia, toda vez que no se ha aportado prueba tendiente a establecer su correspondencia con el crédito reclamado en autos y que permita controvertir la presunción derivada de la recepción y falta de impugnación de las facturas aquí reclamadas (arts. 354, 375, 384, 385 del CPCC; 1145 y ccs. del CC y CN)."
¿Qué se resolvió?
"I- Haciendo lugar a la presente demanda promovida por Dewan Servicios S.S contra QX Logística SA, condenando a éste último a pagar a la parte actora ... la suma de pesos seis millones setecientos sesenta y ocho mil veintidós con cuarenta y siete ($6.768.022,47), con más los intereses a la tasa pasiva ... desde la fecha de mora establecida el día 16/4/2024, hasta el efectivo pago ... II- Imponer las costas del presente proceso a la parte demandada ..."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unipersonal dictada por el Juez Fernando H. Castro Mitarotonda; no se registran disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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