PREVENCIÓN ART S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) en HERNANDEZ ZAMBRANO LESTHER ALEJANDRO C/ PREVENCION ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348 (EXPTE. N° 36896/2022)
Prevención ART SA interpuso recurso de queja por inconstitucionalidad denegado sin integrar el depósito en término. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la prórroga solicitada y declaró desistido el recurso al vencimiento del plazo perentorio establecido en el art. 34 de la ley 402.
Quién demanda (Actor): Prevención ART SA A quién se demanda (Demandado): No aplica (se cuestiona decisión del tribunal a quo) Objeto de la demanda: Recurso de queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en la causa caratulada "Hernandez Zambrano Lesther Alejandro c/ Prevención ART SA s/ Recurso Ley 27348"
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se rechazó la prórroga solicitada para integrar el depósito de la queja, se declaró desistido el recurso de queja interpuesto por Prevención ART SA y se ordenó la devolución del depósito integrado extemporáneamente.
Fundamentos principales de la decisión:
El tribunal mayoritario fundamentó su decisión en los siguientes términos:
"Ello así, se advierte que el plazo para la integración del depósito es perentorio (cf. 'Hinck S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Hinck S.A. c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos', expte. n° 14894/17, sentencia del 9-03-2018; 'Telmex Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Telmex Argentina SA s/ infr. art(s). 2.1.15, Zanjas y pozos en la vía pública
- L451', expte. n° 14862/17, sentencia del 28-02-2018; 'AMX Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Recurso de queja en autos: 'AMX Argentina S.A. s/ infr. art(s). 2.1.24, Incumplir la obligación de suministrar información sobre instalaciones u obra', expte. n° 14723/17, sentencia del 6-12-2017; 'Grupo Legar SRL s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Grupo Legar SRL c/ GCBA y otros s/ impugnación actos administrativos', expte. n° 12131/15, sentencia del 16-12-2015, entre otros)."
"Por lo expuesto, el pedido de prórroga para integrar el depósito fuera del plazo conferido sobre la base del art. 34 de la ley n° 402 debe ser rechazado, sin perjuicio de señalar que la solicitante tampoco ha dado razones atendibles que justifiquen conceder, de forma excepcional, una extensión del término otorgado."
El tribunal observó que: "se advierte que la suma dada en concepto de depósito fue transferida a la cuenta bancaria perteneciente a estos autos el 26-02-2026 (v. archivo adjunto a la actuación n° 309933/2026), mientras que el plazo para efectuarlo había vencido el 30-09-2025. Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 34 de la ley n° 402, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar desistido el recurso de queja interpuesto por Prevención ART SA, sin perjuicio de ordenar la devolución del importe integrado de forma extemporánea."
Votos en disidencia:
La jueza Marcela De Langhe, en disidencia, propuso diferir la obligación de integrar el depósito hasta la notificación de la sentencia que rechaza el recurso de queja, argumentando que mientras las Cámaras Nacionales no realicen el análisis de admisibilidad que el artículo 28 de la ley 402 les encomienda, "la tutela del derecho al debido proceso de los litigantes que acuden ante el Tribunal torna conveniente diferir la obligación de integrar el depósito hasta la notificación de la sentencia que rechaza el recurso de queja."
El juez Luis Francisco Lozano, en disidencia, consideró que "exigir el depósito en tales condiciones constituiría un ritualismo reñido con la correcta administración de justicia, causado por la referida conducta de las Cámaras Nacionales que deniegan todos los recursos de inconstitucionalidad sin excepción, sin un análisis de admisibilidad idóneo" y expresamente manifestó: "No coincido con mis colegas en tener por desistido el recurso de queja."
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