Logo

PEREYRA, CRISTINA ELISABET c/ NEW SALES FORCE S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por despido indirecto y reclamó rubros indemnizatorios y salariales. La Cámara declaró, para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 y confirmó la actualización del capital diferido conforme al IPC (Nivel General, INDEC) más interés puro del 3% anual; además impuso costas a las demandadas y elevó honorarios.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Uma Despido indirecto Camara nacional de apelaciones del trabajo Interes 3% anual Articulo 55 Actualizacion ipc indec Ley 27.802


¿Quién es el actor?

Cristina Elisabet Pereyra (trabajadora).

¿A quién se demanda?

New Sales Force S.A. y Créditos al Río S.A.
- Objeto de la demanda: Acción por despido indirecto y cobro de rubros indemnizatorios y salariales (monto en origen $5.246.319,49).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró, para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802; confirmó la pauta de actualización establecida en la sentencia de grado y ordenó que el capital diferido a condena se actualice conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) —Nivel General— del INDEC, con interés puro del 3% anual desde la exigibilidad hasta el pago; confirmó las costas de primera instancia e impuso las de esta Alzada a las demandadas; elevó los honorarios de la representación letrada de la actora de 25 UMA a 56 UMA y reguló en 30% los honorarios por la actuación en esta Cámara de la letrada que presentó el escrito.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Cabe recordar que el artículo 54 de la ley 27.802 estableció, como regla general para los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo, su actualización conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) —Nivel General— elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con más una tasa de interés pura del tres por ciento (3%) anual, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago. A su vez, el artículo 55 previó un régimen excepcional para los procesos judiciales en trámite al momento de la entrada en vigencia de dicha ley. ... Esa consecuencia resulta incompatible con las garantías constitucionales antes referidas, por las razones desarrolladas en el precedente citado." "Por consiguiente, corresponde declarar, para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 y confirmar la pauta de actualización establecida en la sentencia de grado —variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) —Nivel General— elaborado por el INDEC, con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago—, aunque con fundamento en el régimen general previsto por el artículo 54 de dicha ley."
- Votos: El voto de la Dra. Gabriela A. Vázquez expone el razonamiento y propone la decisión; el Dr. Enrique Catani adhiere. No consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar