Logo

GARANTIA SA c/ MARTINEZ, MILEXA EVELIN DE NACIMIENTO Y OTRO s/DESALOJO POR FALTA DE PAGO

Demanda de desalojo por falta de pago contra subinquilinos del inmueble en Doctor Sande 626. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Milexa Evelin de Nacimiento Martínez y Oscar Alirio de Nacimiento Martínez a desalojar dentro de diez días de quedar firme, ordenando mandamiento de lanzamiento y costas.

Costas Locacion Desalojo Notificacion Mora Falta de pago Ocupantes Mandamiento de lanzamiento Juzgado civil 46 Articulo 687 cpcc


¿Quién es el actor?

GARANTIA S.A. y Walter Nicolás Moreyra.

¿A quién se demanda?

Milexa Evelin de Nacimiento Martínez y Oscar Alirio de Nacimiento Martínez (subinquilinos y/u ocupantes).
- Objeto de la demanda: Desalojo por falta de pago del inmueble sito en Doctor Sande 626 Piso 2 Dto D, Crucecita, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires; se invoca contrato de locación celebrado el 20/03/2025 con vencimiento al 31/03/2027 y la mora desde septiembre de 2025.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a los demandados a desalojar el inmueble dentro de los diez días de quedar firme el pronunciamiento, bajo apercibimiento de ejecución; se librará mandamiento de lanzamiento y exhorto para obtener auxilio de la fuerza pública, uso de cerrajero o violentar cerradura si fuera necesario; el pronunciamiento alcanza a todo ocupante según art. 687 del Código de Procedimientos; se imponen las costas y se ordena estimar el monto del proceso para la regulación de honorarios (art. 40 del Arancel).
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo): "El juicio de desalojo es el medio previsto por la ley procesal para asegurar el uso y goce de un bien inmueble que se encuentra ocupado por quien carece de título para ello, sea por tener una obligación exigible de restituirlo o por revestir el carácter de simple tenedor sin pretensiones a la posesión, o, lo que es lo mismo, cuando las partes están vinculadas por un contrato que genera la obligación de restituir y contra ocupantes que carecen de título idóneo para oponerse a dicha restitución." "Promovida la demanda de desalojo por falta de pago, el accionante debe acreditar dos extremos: uno es la relación locativa y la otra el estado de mora del accionado, bastándole con afirmar que dos periodos de alquileres se hallan impagos, ya que mal puede imponérsele la exigencia de acreditar un hecho negativo como es la falta de pago, incumbiéndole a la demandada la demostración fehaciente del pago que aduce para impedir el desahucio." "De ello se deriva que el silencio absoluto guardado sobre una o todas las pretensiones expresamente formuladas en la demanda, importa un asentimiento tácito con los términos de las misma, en esa parte, sin que el actor tenga que asumir la carga de producir prueba a su respecto" (cita doctrinal). "Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por GARANTIA S.A. y Walter Nicolás Moreyra. En consecuencia, condeno a MILEXA EVELIN DE NACIMIENTO MARTÍNEZ Y OSCAR ALIRIO DE NACIMIENTO MARTÍNEZ, subinquilinos y/u ocupantes, a desalojar el inmueble ... dentro de los diez días de quedar firme este pronunciamiento, bajo apercibimiento de ejecución, a cuyo fin se librará mandamiento de lanzamiento..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es única y firmada por el Juez Fernando Pablo Christello.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar