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LAGUNA, GERMAN c/ MIÑANO ALMIRON, ROSA AURELIA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito del 15/06/2020 que lo involucró con un Volkswagen Quantum. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la acción y condenó a Rosa Aurelia Miñano Almirón a pagar $13.550.000, dejando a “Paraná S.A. De Seguros” sujeta al decisorio en los términos del art. 118 de la ley 17.418, con costas.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Costas Demanda por danos y perjuicios Juicio civil Art. 1757 ccyc Seguro citado en garantia (art. 118 ley 17.418)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Germán Laguna. Demandado: Rosa Aurelia Miñano Almirón; citada en garantía: Paraná S.A. de Seguros. Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 15 de junio de 2020, reclamo por lesiones, daño psicológico, psicoterapia, reparación de la bicicleta, lucro cesante, pérdida de chance, daño al proyecto de vida, intereses y costas. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se condenó a Rosa Aurelia Miñano Almirón a abonar a Germán Laguna la suma de $13.550.000, con más sus intereses (liquidación desde el 15/6/2020 en la forma indicada), en el plazo de diez días; Paraná S.A. de Seguros queda sujeta al decisorio en los términos del art. 118 de la ley 17.418; se impusieron costas a la parte demandada y citada en garantía; se regularon honorarios de abogados, peritos, consultores y mediador (ver fallo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales): 1) “toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización”. (art. 1757, Código Civil y Comercial) 2) “Ante tal escenario, reconocido el contacto material entre los vehículos, torna operatividad la presunción que prevé el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación… La prueba de las eximentes debe ser fehaciente e indubitable, debido a la finalidad tuitiva de la norma.” 3) “En consecuencia, en atención a la orfandad probatoria de los emplazados a quienes correspondía demostrar la existencia de alguna circunstancia eximente, Rosa Aurelia Miñano Almirón, conductora y titular del vehículo Volkswagen Quantum, dominio BJL 696, deberá responder por los daños y perjuicios que resulten acreditados” (citas y desarrollo en considerandos). 4) Fijación de la indemnización parcial: “Ponderando entonces que el actor tenía al momento del hecho 49 años… fijo por las secuelas psíquicas incapacitantes comprobadas pericialmente la suma de pesos ocho millones ($8.000.000) … A los fines de enjugar el tratamiento psicológico recomendado se determina la suma de pesos un millón quinientos mil ($1.500.000)… Por ese rubro de daño moral … considero prudente fijar para este rubro la suma de pesos cuatro millones ($4.000.000).” (determinaciones en el considerando IV).
- Disidencias: no consta voto en disidencia; el fallo está firmado por el Juez Subrogante que dicta la sentencia.

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