P. J. M. S/ INCIDENTE DE REGIMEN PREPARATORIO PARA LA LIBERTAD EN CAUSA 15333 IPP 03-04-1547-19 UFIJ 8 (J.E.P. 21204)
Incidente de régimen preparatorio para la liberación solicitado por condenado por abuso sexual. La Cámara confirmó la denegatoria del Juzgado de Ejecución Penal por considerarla fundada en la protección de la víctima, la gravedad del delito y la necesidad de continuidad del tratamiento, pese al dictamen técnico favorable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pereyra Jonatan Mauricio, asistido "in pauperis" por el Defensor Oficial Dr. Diego Gonzalez.
Demandado: Juzgado de Ejecución Penal, en la resolución dictada por el Dr. Matías Zabaljauregui.
Objeto: Incorporación al Régimen Preparatorio para la Liberación previsto en el art. 56 quáter de la Ley 24.660.
Decisión: Se rechazó el incidente/las apelaciones y se confirmó la resolución del Juzgado de Ejecución Penal que negó la incorporación al régimen preparatorio para la liberación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"II.
- Agravia al impugnante lo decidido por el A quo atento a que considera que la resolución en crisis genera un gravamen irreparable a los derechos fundamentales de su asistido y al principio de resocialización y progresividad de la pena (arts. 18 de la C.N., 5.6 de la C.A.D.H., 10.3 del P.I.D.C.P. y art. 56 quáter de la Ley 24.660)...
...solicita que se revoque el auto recurrido y se ordene la inmediata incorporación de Pereyra Jonatan Mauricio Emanuel al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quáter Ley 24.660)."
"Del informe del Departamento Técnico Criminológico emitido por la Unidad Penal N° VI, se advierte que mediante acta dictamen N° 199/2026, se estima oportuna la incorporación del sujeto privado de libertad ... en el Régimen Preparatorio para la Liberación (Art. 56 Quater de la Ley 24.660)...
...sugieren que este sujeto continúe por la vía tratamental asignada, como así también asista al espacio de abordaje psicoterapéutico, para continuar trabajando los aspectos disfuncionales relacionados al acto transgresor y la adicción etílica, lo que favorecería, a futuro, el proceso de reinserción social....."
"En consecuencia, propicio se rechace el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Defensor Oficial, y, en consecuencia, se confirme el decisorio en revisión, por encontrarse el mismo ajustado a derecho.
Voto por la AFIRMATIVA.
La señora Juez, doctora Yaltone, adhirió al voto precedente por sus fundamentos."
Bloque dispositivo final (por mayoría):
"I.
- NO SE HACE LUGAR a las apelaciones deducidas por el penado PEREYRA JONATAN MAURICIO, y por su Defensa técnica, y en consecuencia, II.
- SE CONFIRMA la resolución dictada por el Sr. Juez de ejecución Penal Dptal, Dr. Matías Zabaljauregui mediante la que dispuso: 'I.
- NO HACER LUGAR al instituto de REGIMEN PREPARATORIO PARA LA LIBERACION peticionado por la defensa Oficial en favor de Pereyra Jonatan Mauricio (conforme lo previsto en el art. 56 quater ley 24660).'"
Otros fundamentos relevantes incluidos en la decisión mayoritaria:
- Se ponderó la oposición de la víctima (su hija menor) notificada conforme ley 15232.
- Se tuvo en cuenta la naturaleza y gravedad del delito (abuso sexual con acceso carnal agravado por ser ascendente y a menor en convivencia) y la protección de bienes jurídicos y víctimas, citando el precedente Altuve de la SCBA.
- Se valoró que el dictamen técnico propone continuidad del abordaje terapéutico y no vinculancia automática; el Tribunal consideró que el apartamiento del dictamen carcelario está justificado por las circunstancias particulares (victimización, domicilio propuesto sin aclaración sobre presencia de menores, y posicionamientos psíquicos del condenado).
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