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(IPP:03-04-901-26) INCIDENTE DE APELACIÓN DE LA DENEGATORIA DE LA EXCARCELACIÓN EN CN 524/2026 SEGUIDA A B., M., K. E. (524-1637 - J.C.N°2)

Incidente de apelación contra la denegatoria de excarcelación y morigeración solicitado a favor de Barrios Maglio Karina Elizabeth. La Cámara rechazó la apelación y confirmó la resolución que negó la morigeración y la excarcelación por concurrir riesgos procesales, antecedentes condenatorios y insuficiente garante.

Incidente Confirmacion Morigeracion Prision preventiva Antecedentes Desobediencia judicial Excarcelacion Riesgo de fuga Camara de dolores Garante insuficiente

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensora particular Dra. Daiana Cuzmicich, en representación de Barrios Maglio Karina Elizabeth, interpone el incidente de apelación contra la denegatoria de morigeración de prisión preventiva y/o excarcelación. Demandado: Resolución dictada por el Juez Correccional Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard que negó la morigeración y la excarcelación. Objeto: Concesión de morigeración de la prisión preventiva (arresto domiciliario) y/o excarcelación de Barrios Maglio Karina Elizabeth, así como nulidad de actuaciones. Decisión: Se rechazó la apelación y se confirmó la resolución del 25 de agosto que negó la morigeración y la excarcelación y rechazó la nulidad. Voto por la afirmativa del Dr. Defelitto; adhesión del Dr. Sotelo. Resultado final del acuerdo: "SE RECHAZA la apelación... y en consecuencia; SE CONFIRMA la resolución recurrida..."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "En tal inteligencia, y en relación al rechazo del instituto de la excarcelación por parte del Magistrado Correccional, entiendo que el mismo se ajusta a derecho, no habiendo, la defensa, rebatido con eficacia los sólidos fundamentos dados por el a-quo." "Conforme surge de las constancias obrantes en la causa, la imputada de autos, Karina Elizabeth Barrios Maglio, ha sido requerida a juicio en orden al hecho que prima facie ha sido calificado como constitutivo del delito de Desobediencia Judicial previsto y penado por el Art. 239 del C.P., en concurso ideal -Art. 54 del C.P.
- con Amenazas Coactivas, previsto y reprimido por el Art. 149 bis, segundo párrafo del Código Penal." "La pena estimada conforme el ofrecimiento efectuado por el Fiscal, aunado a las condiciones personales de la imputada, la cual registra antecedentes condenatorios habiendo gozando de excarcelaciones previas, permiten inferir con vehemencia la concurrencia del peligro de fuga en caso de accederse al beneficio peticionado." "La circunstancia que la víctima hubiera manifestado estar de acuerdo con que se otorgue el beneficio de la morigeración a la imputada de autos, en modo alguno implica una concesión automática del mismo, puesto que, así como no es vinculante para resolver el dictamen fiscal, tampoco lo es la opinión de la víctima. Menos aún hace desaparecer la concurrencia de los mentados peligros procesales." "Del informe socioambiental ... se desprende que la imputada de autos vivirá con su pareja, que es quien asume el rol de garante. Al respecto, debo principiar por recordar que ... la pareja de la imputada ofrecida como garante se encuentra amparada en lo normado por el Art. 277 inc. 4 del C.P., ... por lo que entiendo que no resulta apta para asumir dicho rol." "Consecuente con todo lo expuesto, propicio se rechace la apelación incoada por la Dra. Daiana Cuzmicich; y se confirme el decisorio atacado por ajustarse a derecho lo resuelto."
- Votos / mayoría: El voto que formula la propuesta de rechazo es del Dr. Defelitto (voto principal) y el Dr. Sotelo adhiere. El bloque dispositivo final expresa: "SE RECHAZA la apelación ... y en consecuencia; SE CONFIRMA la resolución recurrida..."

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