MONTEAGUDO GABRIELA LILIANA C/ ROBERT DANIEL GUSTAVO S/ ALIMENTOS
La actora promovió acción de alimentos que fue declarada extinguida por desistimiento y archivo tras hacerse efectivo el apercibimiento. La Cámara confirmó la sentencia de fecha 18/03/2026 y confirmó la imposición de las costas de Alzada a la apelante, por entender aplicable la regla del vencimiento al desistimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Monteagudo Gabriela Liliana.
Demandado: Robert Daniel Gustavo.
Objeto: Proceso por alimentos que culminó con apercibimiento y declaratoria de desistimiento por la jueza de primera instancia (Juzgado de Familia N°4, Avellaneda-Lanús).
Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de fecha 18/03/2026 que hizo lugar al apercibimiento dispuesto por el art. 638 CPCC, declaró por desistida a la actora y extinguió el juicio; además impuso las costas de Alzada a la apelante.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"1) La Sra. jueza a cargo del Juzgado de Familia N° 4 del Departamento Judicial Avellaneda
- Lanús dictó sentencia en fecha 18/03/2026 e hizo lugar al pedido efectuado por el demandado de hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 638 CPCC y, consecuentemente, tuvo por desistido del proceso a la actora, por extinguido el presente juicio y dispuso su archivo. Impuso las costas a la actora y reguló los honorarios profesionales."
"a) Entiendo pertinente comenzar por señalar que ha arribado firme a esta Alzada la decisión de fondo adoptada por la jueza de la instancia de origen, por cuanto el recurso en tratamiento sólo apunta a atacar el modo en que han sido impuestos los gastos causídicos, lo que constituye el único marco del recurso (arts. 260 y 261 CPCC)."
"Por lo tanto, corresponde confirmar, en cuanto fuera materia de recurso y agravio, la sentencia apelada y así lo propongo al Acuerdo."
"Es que la imposición de costas no constituye una pena al perdedor, pues se aplican a título de reparación patrimonial de las expensas del juicio a favor de quien ha debido demandar para lograr el reconocimiento de un derecho... Como regla, el hecho objetivo de la derrota es el fundamento en el que se apoya el principio general de imposición de costas... En virtud de lo dicho hasta aquí y teniendo en cuenta los agravios de la recurrente, no encuentro razones debidamente fundadas para no aplicar el principio general impuesto en la normativa."
- Votos y mayoría: Ambos miembros del tribunal (Dra. Rosa María Caram y Dr. Sergio Hernán Altieri) votaron en igual sentido. El acuerdo final dispone: confirmar la sentencia apelada de fecha 18/03/2026 e imponer las costas de Alzada a la apelante.
- Fechas procesales relevantes: Sentencia de primera instancia 18/03/2026; apelación presentada 01/04/2026; recurso concedido 06/04/2026; contestación del demandado 07/04/2026; llamados a sentencia 11/09/2026.
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