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CARTELLE WALTER ARIEL C/ MARTINEZ FRANCISCO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)**

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra el conductor Martínez y su aseguradora. La Cámara confirmó la atribución de responsabilidad a Martínez y a Providencia y mantuvo los montos por daños materiales y pérdida de valor venal, rechazando el daño moral.

Accidente de transito Responsabilidad civil Recurso de apelacion Pericia mecanica Danos materiales Perdida de valor venal Costas de alzada Aseguradora en garantia Intereses (6% y tasa pasiva digital) Videofilmacion municipal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Walter Ariel Cartelle. Demandado: Francisco Martínez y, en garantía, Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (daños materiales y pérdida de valor venal) por choque automotor ocurrido el 17/5/2023; se rechazó el daño moral. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia: atribuyó la responsabilidad exclusiva al demandado Francisco Martínez, extensiva a la aseguradora Providencia; confirmó los rubros y montos indemnizatorios por daños materiales ($1.750.000 según pericia) y pérdida de valor venal ($527.655, con desvalorización del 5%); impuso costas de alzada a los demandados; diferió regulación de honorarios. Se aplicaron intereses conforme a la doctrina citada (6% anual y, desde las fechas fijadas, la tasa pasiva digital del Banco Provincia).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de párrafos relevantes): "la sentencia de la anterior instancia hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por Walter Ariel Cartelle contra Francisco Martínez y condenó a este último y a la citada en garantía Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A. a abonar al primero la suma de $2.277.655 con más los intereses fijados en el considerando V, dentro de los diez días de quedar firme la misma; e impuso las costas a los demandados vencidos." "Ante una excelente prueba como resulta el video de monitoreo municipal, en el que se reproduce la secuencia del choque en vivo, se advierte con claridad que el vehículo Corsa estaba detenido con las balizas encendidas, detrás de otro auto estacionado en la mano derecha de la Avda. Del Valle, que luego se adelanta y se cierra por delante de este vehículo, siempre con las balizas encendidas, estacionándose próximo a la esquina pero a unos 50 cms. del cordón; que luego arriba y se detiene ante el semáforo la camioneta Toyota Hilux, que ya traía colocada la luz de giro a la derecha desde antes de los 30 m. reglamentarios, y que se detiene en la mano de circulación más próxima a la derecha (puesto que la fila contra el cordón de la vereda, donde se encontraba detenido el Chevrolet Corsa, no era de circulación, sino de estacionamiento); que se observa nítidamente que poco antes de cambiar el semáforo (posiblemente cuando se pone la luz amarilla) la camioneta se adelanta hasta ponerse a la par del Chevrolet Corsa estacionado y cuando el semáforo cambia, al iniciar el giro se abre un poco hacia su izquierda para tener más amplitud de giro y evitar el auto detenido con balizas encendidas; que cuando ya ha comenzado a girar, imprevistamente este vehículo así estacionado y aún con las balizas encendidas avanza e intenta girar, embistiendo el lado derecho de la camioneta. Todo ello impide considerar que la camioneta Toyota fue la causante del siniestro, pues en todo momento actuó conforme a las reglas de tránsito." "Por lo que corresponde confirmar la sentencia de grado en cuanto atribuyó la responsabilidad exclusiva del siniestro al demandado Francisco Martínez, extensiva a la citada en garantía Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A." "En cuanto al rubro 'pérdida de valor venal', ... el perito, luego de advertir todas estas circunstancias, determina que solamente se notará el choque luego de efectuadas correctamente las reparaciones, por el distinto brillo de la pintura nueva, en relación a la del resto del vehículo ... estando correctamente fundado el factor de desvalorización en un 5%, ... no cabe sino confirmar el monto de desvalorización asignado por la sentencia de origen, a la fecha de la misma." Bloque dispositivo final (transcripción textual): "se resuelve: 1) Confirmar la sentencia en cuanto a la atribución de responsabilidad en el hecho dañoso al demandado Francisco Martínez, extensiva a la citada en garantía Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A. 2) Confirmar la sentencia en cuanto a los rubros y montos indemnizatorios asignados por daños materiales y pérdida de valor venal, a las respectivas fechas de su valoración. 3) Imponer las costas de alzada a los demandados perdidosos (arts. 68 y 69 del CPCC). 4) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 31 ley 14.967)." (Se consignan los fundamentos probatorios del video municipal y del perito mecánico Ing. Guillermo C. Trinchero, cuyo relato de la mecánica del hecho fue incorporado y respaldó la confirmación.)

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