Logo

GRANERO MARIELA BEATRIZ Y OTRO/A C/ ALONSO FERNANDO OSCAR S/ CONSIGNACION DE SUMAS DINERO, ALQ., ARRENDAM.

Los actores promovieron consignación de alquileres por la compra e instalación de dos equipos de aire acondicionado tras la supuesta falta de reparación del equipo central. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, sosteniendo que no se acreditó la recepción fehaciente de las intimaciones y que la conducta de los locatarios constituyó un reemplazo no autorizado y no una reparación.

Costas Locacion Buena fe Consignacion Notificacion fehaciente Aire acondicionado Ley 27.551 Camara de apelaciones san isidro Honorarios (jus) Reparacion vs reemplazo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mariela Beatriz Granero y Fernando Gabriel Martins, representados por el Dr. Jon Franco Cayetano Sanzi Tarasiuk. Demandado: Fernando Oscar Alonso (locador). Objeto: Pago por consignación de alquileres por los meses mayo–septiembre/2022 ($407.610) y compensación de gastos derivados de la compra e instalación de dos equipos de aire acondicionado (suma abonada $161.740 en 12 cuotas, $32.447 por instalación y $11.000 por adaptación eléctrica), por entender que el locador omitió reparar el sistema central. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por consignación; se impusieron las costas a la parte actora; se confirmaron honorarios del Dr. Gustavo H. Garbarini en 7 jus y se redujeron los de la mediadora Marisel G. Maccari a 7,7 jus; además se fijaron honorarios por actuaciones previas y por la apelación en las sumas expresadas en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Si bien ello es suficiente para confirmar el rechazo de la demanda, estimo pertinente mencionar que encuentro probado, además, que la decisión de los actores no se trató de una reparación, sino de un intempestivo reemplazo en relación al sistema de aire acondicionado existente en la unidad y ante la negativa expresa del locatario de efectuar modificaciones en el bien locado. Máxime cuando, conforme la fecha de las facturas acompañadas por los propios reclamantes, la instalación de los mismos se llevó a cabo el día 2-2-2022, es decir, con posterioridad a las notificaciones cursadas por el aquí demandado." "En mi opinión, por los fundamentos brindados, considero que cabe confirmar la sentencia apelada en cuanto a que los actores no logran justificar la compensación pretendida por los arreglos (o reemplazo) del sistema de calefacción con que contaba la unidad locada. En definitiva, el rechazo de la acción entablada debe ser confirmado, correspondiendo desestimarse los agravios en todos aspectos cuestionados." Citas textuales de normas y principios invocados en el voto: "El pago por consignación es la vía que la ley le concede al deudor de una obligación, a fin de que pueda efectuar el pago mediante depósito judicial." (art. 904 CCCN mencionado). "La buena fe debe observarse en la celebración, interpretación y ejecución; ello con un criterio de verosimilitud..." (arts. 961, 1061 CCCN, citados). Votos: La sentencia fue acordada por mayoría unánime (los Dres. Sánchez y Llobera votaron por confirmar la sentencia apelada). El bloque dispositivo final dispone: "Confirmar la sentencia en todo lo que fuera motivo de agravio, con costas a la parte actora." (dispositivo final conforme a la Regla de Mayoría).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar