Logo

SAGUES KARINA ADRIANA C/ SALVINI ANA MARIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico que reclamaba reparación por bicicleta, celular y privación de uso. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia reconociendo la destrucción total de la bicicleta y fijando su cuantía en $1.800.000 a valores actuales, confirmó el rechazo del reclamo por el celular y de la privación de uso, e impuso las costas de Alzada a la citada en garantía.

Danos y perjuicios Privacion de uso Dano material Desercion de recurso Costas de alzada Interes moratorio Accidente automovilistico Prueba y carga probatoria Bicicleta destruccion total Cuantificacion indemnitaria.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La actora identificada en el curso del fallo como María Luz Andersen (en el encabezado figura también SAGUES KARINA ADRIANA). Demandado: Contra Salvini Sara Ana y Salvini Roxana, y fue citada en garantía CAJA DE SEGUROS S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro automovilístico: daño material (bicicleta), daño del celular y privación de uso, más intereses y costas. Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de fecha 23/02/2026 conforme lo señalado en el análisis (reconociendo y cuantificando el daño por la bicicleta en $1.800.000 a valores actuales con intereses y confirmando el rechazo del reclamo por el celular y de la privación de uso), e impuso las costas de Alzada a la citada en garantía. Diferió la regulación de honorarios para su oportunidad.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "El señor Juez de Primera Instancia dictó sentencia en fecha 23/02/2026 en la cual dispuso hacer lugar a la demanda incoada por la Sra. María Luz Andersen por daños y perjuicios contra las Sras. Salvini Sara Ana y Salvini Roxana debiendo éstas, en consecuencia, abonar a la citada en primer término la suma total de $1.433.000, con más intereses; y, asimismo, hacer extensiva dicha condena a la citada en garantía CAJA DE SEGUROS S.A, en la medida y alcance previsto en el contrato de seguro y lo allí resuelto, con costas a las demandadas." "Un análisis semántico de la norma en tratamiento nos brinda un punto de partida: 'crítica' es un juicio de valor sobre algo o alguien. Algo 'concreto' es algo específico, sin vaguedades. Lo 'razonado' es aquello que se funda en motivos serios. Así entonces, el legislador pretende que el apelante exponga un juicio de valor y que éste no sea caprichoso sino que esté fundado en premisas que le den soporte (argto. este Tribunal, Sala III, causa nro. 180920, sent. del 31/10/2024)." "Por todo lo expuesto, ante la ausencia de fundamentos referidos a las consideraciones determinantes de la sentencia adversa a las aspiraciones de la recurrente, no hay agravios que atender en la Alzada y, por ende, corresponde declarar la deserción del recurso." (referido al recurso de la citada en garantía) "De las constancias de la causa surge que la actora acompañó presupuesto del local de bicicletas Murray en el que se expuso la destrucción total de la bicicleta Giant Aluminio Full Shimano y su valor al 10/08/2020 por la suma de $255.000... considero que el reclamo indemnizatorio por la destrucción de la bicicleta interviniente en el evento debe prosperar... el cual estimo en la suma de $1.800.000, a valores actuales, con más la tasa de interés pura del 6% anual desde la fecha del hecho hasta el momento de la determinación del daño, y de ahí hasta el efectivo pago la tasa activa sin acuerdo y sin capitalizar que cobra el Banco Provincia para sus operaciones de descubierto en cuenta corriente (art. 165 del CPCC...)." "En efecto, no encuentro en las constancias de la causa elemento probatorio alguno que permita tener por acreditado que, al momento de producirse el hecho, la actora tuviera consigo el celular cuya reposición pretende... corresponde confirmar el rechazo del reclamo indemnizatorio en concepto de daño material derivado de la supuesta rotura del celular." "En cuanto al rubro privación de uso, el agravio no puede prosperar... en las presentes actuaciones no se produjo prueba que permita tener por demostrado que la actora desarrollara efectivamente dicha actividad, participara en competencias de esa naturaleza o utilizara el rodado para entrenamientos vinculados con aquélla... corresponde confirmar el rechazo de este parcial."
- Votos: Los Dres. Rodrigo Hernán Cataldo y Alfredo Eduardo Méndez votaron en igual sentido y por los mismos fundamentos; la decisión fue adoptada por mayoría/unanimidad conforme el dispositivo final.
- Montos y fechas relevantes: Primera sentencia de fecha 23/02/2026 condenó a pagar $1.433.000 (más intereses). La Cámara fijó el valor actual de la bicicleta en $1.800.000; valor original del presupuesto $255.000 al 10/08/2020. Interés: tasa pura 6% anual desde la fecha del hecho hasta determinación, y luego tasa activa del Banco Provincia sin acuerdo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar