AVATI SILVIA CRISTINA Y OTRO/A C/ ALMAFUERTE EMPRESA DE TRANSPORTE S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios automovilísticos con reclamo por incapacidad psicofísica y daño moral. La Cámara modificó la sentencia de grado: elevó la incapacidad psicofísica a $15.400.000 y las consecuencias no patrimoniales a $7.700.000, estableció actualización por IPC y 6% anual y ordenó actualizar límites de cobertura seguros conforme resoluciones SSN vigentes al pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: AVATI Silvia Cristina y LUQUES Christian Carlos (co-actor).
Demandado: ALMAFUERTE Empresa de Transporte S.A. y METROPOL Sociedad de Seguros Mutuos (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito (responsabilidad civil automotor): incapacidad psicofísica, daño psíquico y consecuencias no patrimoniales (daño moral), más costas y regulación de honorarios.
Decisión: La Cámara modificó la sentencia apelada, elevando el rubro incapacidad psicofísica a $15.400.000 y las consecuencias no patrimoniales a $7.700.000 a favor de Luques Christian Carlos; confirmó el resto de la sentencia en lo apelado; fijó tasa pura del 6% anual desde la fecha del hecho (24/04/2021) hasta distintas fechas según rubro y aplicó actualización por IPC más 6% anual hasta su efectivo pago; dispuso que los límites de cobertura de la aseguradora se considerarán actualizados conforme a las Resoluciones de la SSN vigentes a la fecha de pago; intimó de oficio a Metropol a informar a la SSN sobre mediación; impuso costas de alzada a la demandada y citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de párrafos relevantes):
"En consecuencia, aclarado ello y analizadas todas las variables expuestas, concluyo que, corresponde elevar el rubro por incapacidad psicofísica (comprensivo del daño físico y psicológico) en la suma de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($15.400.000,00), pues Luques Christian Carlos tenía a la época del accidente 48 años de edad, casado con hijos, su estado de salud previo a la ocurrencia del accidente, de ocupación conductor en la aplicación UBER ... con un grado de incapacidad psicofísica parcial y permanente del 15.4% ... y atendiendo principalmente a la reparación integral de la víctima..."
"Atento a las pautas vertidas, las circunstancias personales de la víctima ... estimo que corresponde elevar el presente rubro en la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL ($7.700.000,00) a favor de Luques Christian Carlos, importe que considero justo en función de los daños padecidos por la víctima (art. 1738, 1741 CCCN y art. 165 CPCC)."
"En consecuencia, resuelvo que, al establecer que la aseguradora responde con los alcances del art.118 de la Ley de Seguros (nº17.418) deberá interpretarse que los límites de cobertura serán los establecidos por las Resoluciones de SSN que se encuentre en vigencia a la fecha de pago por parte de la compañía de seguros, en el caso que resultare ésta última más elevada. Asimismo, por lógica consecuencia corresponde también tener por actualizado el importe de la franquicia o descubierto a cargo de la asegurada, conforme también reglamentación vigente a la fecha de pago."
- Votos y regla de mayoría: El voto del Dr. Taraborrelli propuso la modificación y los Dres. Pérez Catella y Posca adhirieron; el bloque dispositivo final refleja la decisión por mayoría y prevalece sobre propuestas individuales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: