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PIEROPAN, MARIA LUCRECIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSeS por reajustes de haberes y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró de oficio inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 y ordenó imponer las costas de la alzada a la demandada.

Costas Honorarios Impuesto a las ganancias Seguridad social Anses Jubilaciones Retroactivos Reajustes Dnu 157/2018 Ley 24.241 art.24


¿Quién es el actor?

PIEROPAN, MARIA LUCRECIA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241 según lo expuesto en el considerando 5°; impuso las costas de la instancia a la demandada (sustancialmente vencida) y reguló honorarios de alzada en 30% de lo que se les reconozca en primera instancia. Se devolvieron los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 6°) "En lo relativo al agravio sobre la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 inc. a) de la ley 24.241, cabe señalar que, del detalle del beneficio acompañado, se observa que el actor no supera el máximo de 35 años de aportes antes de julio de 1994 que establece la norma para el cálculo de la P.C, por lo tanto, corresponde revocar lo resuelto por la jueza a quo en este punto." 6°) "En cuanto a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 10 de septiembre 2020 y 'Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 17 de septiembre 2020..." 7°) "En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo', expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Votos: Las Dres. Vidal y Andalaf Casiello y el Dr. Pineda votaron conforme al acuerdo; Andalaf Casiello adhirió expresamente al voto de Vidal; Pineda adhirió en los demás agravios. No se registran disidencias plasmadas en la parte resolutiva.

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