FLORES, BLANCA IRMA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
La actora demandó a ANSES por reajuste y movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES, revocó la imposición de costas y, por aplicación del precedente “Morales”, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a ANSES.
¿Quién es el actor?
FLORES, Blanca Irma (beneficiaria de pensión según ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste y movilidad de haberes; recálculo de aportes autónomos y ajuste de la PBU (prestación básica universal) conforme precedentes (“Makler”, “Quiroga”).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada, revocó la imposición de costas dispuesta en primera instancia y ordenó que las costas se distribuyan en el orden causado conforme el art. 36, última parte, de la ley 27.423. Además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, por aplicación del art. 36 de la ley 27.423 y del art. 68 (primer párrafo) del CPCCN, impuso las costas de la presente instancia a la ANSES. Se fijaron honorarios para la letrada de la parte actora en un 33% de lo que se regule en primera instancia; no se regularon honorarios para los letrados de la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes):
1) “...se observa que la decisión del magistrado de grado y la imposición a la ANSES no resulta acertada, por cuanto la pretensión sólo ha prosperado parcialmente. En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio propuesto, revocar la imposición efectuada en primera instancia y distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-.”
2) “Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’ (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES (art. 68, primer párrafo del CPCCN).”
3) “Se regulan los honorarios a la letrada de la parte actora, en un 33% de lo que oportunamente se le regule en primera instancia, conforme proporción de ley y firmes que sean –art. 30 de la ley 27.423-; sin regularse honorarios a los letrados de la parte demandada, atento lo dispuesto por el art. 2 de la ley citada.”
- Disidencia: No existe disidencia relevante; ambos jueces (Gomez y Busaniche) adhieren a la solución.
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