Logo

WANCEL, MIRTA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes previsionales contra ANSES por haberes adeudados y nulidad/ajuste de normas y decretos de movilidad. La Cámara Federal de Mendoza rechazó ambos recursos de apelación y confirmó en lo demás la sentencia de origen, imponiendo costas por su orden y regulando honorarios al 30%.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Costas por su orden Movilidad Reajustes previsionales Decretos 2020 Camara federal de mendoza Ley 27.609 Ley 27.426 Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

Wancel Mirta Susana (la actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes previsionales y reconocimiento de sumas retroactivas por aplicación de fórmulas de movilidad (controversia sobre Leyes 27.426, 27.541, 27.609 y decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020), y cuestionamiento de la afectación de retroactivos con impuesto a las ganancias y de topes legales aplicables.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de apelación interpuestos por ANSES y por la actora; se confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; se impusieron las costas por su orden; y se regularon honorarios de los profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al valor del UMA al momento del pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En primer lugar, el principio de progresividad consagrado en el art. 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos no sólo impone a los Estados el deber de avanzar en la satisfacción de los derechos económicos y sociales, sino que además prohíbe la adopción de medidas regresivas que disminuyan el nivel de protección alcanzado, salvo que el Estado acredite, mediante una justificación particularmente rigurosa, que la medida resulta necesaria, razonable y proporcionada, que se evaluaron alternativas menos restrictivas y que fue adoptada empleando el máximo de los recursos disponibles. La mera invocación de restricciones presupuestarias o de la necesidad de preservar el equilibrio fiscal no satisface ese estándar (CSJN, Arcuri, Fallos: 332:2454; Q.C., S. Y., 24/04/2012)." "Por otra parte, si bien corresponde al Congreso de la Nación establecer la política previsional y determinar la fórmula de movilidad, ello no excluye el ejercicio del control de constitucionalidad y de convencionalidad por parte del Poder Judicial cuando la legislación dictada vulnera derechos y garantías de jerarquía constitucional." "En cuanto al agravio versa sobre la imposibilidad del afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria."
- Votos / disidencias: Los tres Jueces de Cámara (Soneira, Pizarro y Pérez Curci) adhirieron al voto principal; no se registra disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar