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GALLI, GRACIELA MONICA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Amparo promovido por Graciela Mónica Galli contra ANSeS por descuentos aplicados sobre haber docente. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, declarando inaplicable el tope del art. 9 de la Ley 24.463 respecto del régimen especial docente y ordenando reintegro y cesación de descuentos, con imposición de costas a la demandada.

Costas Reintegro Amparo Anses Inaplicabilidad Topes previsionales Ley 24.463 Ley 16.986 Regimen docente ley 24.016 Honorarios (30%)


¿Quién es el actor?

GALLI, GRACIELA MONICA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) contra descuentos/prácticas de ANSeS sobre jubilación derivadas de la aplicación del art. 9 de la Ley 24.463; se reclama la inaplicabilidad de los topes sobre haberes otorgados bajo el régimen especial docente (Ley 24.016), cese de descuentos y reintegro de sumas retenidas con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, por consiguiente, confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios profesionales en un 30% sobre lo establecido en primera instancia, ordenando al a quo calcular los emolumentos en pesos y UMA en su oportunidad.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes y citas textuales): "En cuanto al análisis del recurso de apelación aquí vertido, corresponde analizar los agravios expresados de ANSES: ... a.
- Respecto a la constitucionalidad de los topes, esta magistratura ya se ha pronunciado reiteradamente, en sintonía con los lineamientos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). ... la CSJN reconoció la legitimidad del sistema de haberes máximos en materia jubilatoria y previsional, siempre que su aplicación no implique una merma confiscatoria en el haber del beneficiario. ... la valoración concreta del perjuicio debe hacerse al momento de la liquidación pertinente, a fin de evaluar si el tope efectivamente ocasiona una reducción confiscatoria." "Ahora bien, cuando se trata de un régimen especial, como es el caso del personal docente comprendido en la Ley 24.016, la cuestión presenta un matiz diferente. Dicho régimen garantiza un haber equivalente al 82% móvil ... la CSJN en el precedente 'Pozzi, Hilda Alicia c/ ANSeS' ... destacó que la integridad de dicho haber debe mantenerse incólume, exenta de reducciones o limitaciones derivadas de interpretaciones o adecuaciones administrativas." "Por todo ello, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley 24.463 respecto de beneficios otorgados bajo este régimen especial, y confirmar la decisión de cesar los descuentos practicados y reintegrar las sumas retenidas, con más sus intereses." "En cuanto a las costas, atento al resultado arribado, corresponde confirmar la imposición de primera instancia e imponer las de la presente a la demandada vencida, ANSeS. El caso se encuadra en el marco de la ley 16.986 y las disposiciones referidas a las costas en esta normativa establecen, en su art. 14, que las mismas sean impuestas a la vencida ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; los Dres. Pérez Curci (voto rector), Soneira y Pizarro adhieren al pronunciamiento y el acuerdo se expide por mayoría en los términos transcritos.

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