ALBORNOZ, ALDO NELSO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos. La Cámara Federal de Mendoza rechazó los recursos de apelación de ANSES y del actor, confirmó la sentencia de grado en lo sustancial y ordenó imponer las costas por su orden y regular honorarios al 30% de lo regulado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ALBORNOS ALDO NELSON.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (entre otros, aplicación de índices de la Ley Nº 27.426 para enero y febrero de 2021), impugnación de decretos y leyes relativos a la movilidad previsional, exención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas e intereses, revisión de topes de ley (arts. 9, 24, 25 y 26 Ley Nº 24.241) y fijación de tasa de interés para créditos retroactivos. Sentencia de grado fecha 02/02/2026.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala A, resolvió NO HACER LUGAR a los recursos de apelación interpuestos por ANSES y por la actora y CONFIRMAR en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; impuso las costas por su orden (art. 36 ley 27.423) y reguló honorarios profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al valor del UMA al pago efectivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "En consecuencia, toda vez que la demandada no ha logrado desvirtuar los fundamentos que sustentan la declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, corresponde rechazar el agravio y confirmar lo resuelto en la sentencia apelada."
2) "Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/ Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento nos remitimos y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo. Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
3) "En efecto, la parte actora cuestiona la aplicación de la tasa pasiva fijada en la instancia de grado... Sin embargo, tales planteos no logran desvirtuar el criterio adoptado por el sentenciante. Ello es así, por cuanto en materia previsional la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido de manera clara... en el precedente 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSES s/ impugnación de resolución' (14/09/2004), en el cual sostuvo que la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina resulta adecuada para compensar el menoscabo patrimonial derivado de la mora..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto del Dr. Soneira y el acuerdo recayó por unanimidad en el sentido de la parte dispositiva reproducida.
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