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Legajo Nº 5 - IMPUTADO: GOMEZ, MIGUEL ANGEL s/RECURSO

La defensa de Miguel Ángel Gómez impugnó el rechazo judicial a su incorporación al régimen de salidas transitorias. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación y confirmó la decisión denegatoria por considerar que no hubo errónea aplicación de la ley ni arbitrariedad en la valoración del tratamiento y riesgo.

Arbitrariedad Casacion Confirmacion Equipo interdisciplinario Tratamiento penitenciario Consejo correccional Ejecucion penal Salidas transitorias Sin costas Riesgo de violencia


¿Quién es el actor?

La defensa de Miguel Ángel Gómez.

¿A quién se demanda?

Juzgado de Ejecución Penal nro. 4 (resolución que denegó la incorporación al régimen de salidas transitorias) y, en sede de impugnación, la resolución recurrida ante la Cámara.
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución de fecha 2 de julio de 2026 que rechazó incorporar a Gómez al régimen de salidas transitorias.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Miguel Ángel Gómez y se confirmó la decisión impugnada, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "El 2 de julio de 2026, el Juzgado de Ejecución Penal nro. 4 de esta ciudad rechazó el pedido de incorporación de Miguel Ángel Gómez al régimen de salidas transitorias.... En virtud de todo ello, y compartiendo lo dictaminado por la representante del Ministerio Público Fiscal, concluyó que la incorporación al período de prueba, el tiempo de condena que resta por cumplir y la necesidad de constatar su desempeño en un espacio de autogestión tornaban prematuro el otorgamiento del régimen de salidas transitorias, por lo que dispuso solicitar al Consejo Correccional que estimule al interno para su incorporación a un régimen de autogobierno en los próximos dos períodos calificatorios, con informes periódicos sobre su desempeño, y requirió al Director de la Unidad n° 5 la intensificación del tratamiento penitenciario." "El recurso interpuesto debe ser rechazado en tanto el impugnante no ha acreditado el supuesto de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y adjetiva que rigen el instituto que invoca, ni de arbitrariedad." "Por otro lado, el informe elaborado el 29 de abril de 2026 por el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal, si bien reconoce avances relevantes (...), en modo alguno permite concluir que el proceso se encuentre consolidado en los aspectos centrales que la naturaleza de los delitos juzgados impone examinar con mayor rigor.... En este sentido, se extrae que en el interno 'se infieren rasgos narcisistas y psicopáticos que habría logrado estabilizar, de manera secundaria, a través de la prolongada institucionalización y del soporte de una red afectiva sólida'... y que el riesgo de violencia 'se habría reducido considerablemente' en un entorno controlado, sin llegar a afirmar que hubiera sido superado, y recomendó que 'la transición al medio libre sea supervisada y gradual'." "En consecuencia, corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Miguel Ángel Gómez y confirmar la resolución impugnada; sin costas en atención a su naturaleza."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva consigna que el juez Horacio Días participó de la deliberación pero no suscribe por encontrarse en uso de licencia y por aplicación del art. 23 CPPN.

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