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Incidente Nº 11 - QUERELLANTE: MARTINEZ, ANA LUZ IMPUTADO: CASTRO RAMOS, MATÍAS s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

La defensa de Matías Castro Ramos interpuso recurso de casación contra el rechazo de su pedido de prisión domiciliaria por parte del TOF de Comodoro Rivadavia. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por mayoría, entendiendo que los agravios no configuran una cuestión federal ni los vicios de arbitrariedad invocados.

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¿Quién es el actor?

Defensa particular de Matías Castro Ramos (recurrente).
- Demandado / decisión recurrida: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia (resolución que negó la prisión domiciliaria).
- Objeto de la demanda: Solicitud de prisión domiciliaria para Matías Castro Ramos, fundada en la supuesta afectación al interés superior de su hija adolescente y en criterios de vulnerabilidad familiar.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Matías Castro Ramos, con costas en la instancia, y tuvo presente la reserva del caso federal. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- “...la defensa particular de Castro Ramos alegó que: ‘…el T.O.F. de Comodoro Rivadavia omite merituar de manera flexible dicha norma, el límite de los 5 años no puede funcionar como una barrera autómata que anule la consideración de la vulnerabilidad de una adolescente de 14 años. La etapa de la adolescencia requiere contención y presencia activa de la figura paterna; descartar la medida con el mero argumento de que la menor ya supero la “primera infancia” es arbitrario y deniega la protección integral garantizada por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061 cristalizando así una inobservancia del Principio de Transversalidad del Interés Superior del Niño’.”
- “...el a quo recordó que Matías Castro Ramos fue condenado a la pena de seis años de prisión... ‘la madre de la adolescente, María Laura Peñalba, no ha negado la posibilidad de ejercer su rol a su respecto ni se advierte que se encuentre en un círculo violento o de desamparo, pues tanto la nombrada como su tía abuela conviven con ella y se ocupan de su bienestar’.”
- “...el propio informe no evidencia indicadores de desorganización psíquica, alteraciones de pensamiento ni una situación de vulnerabilidad que permita concluir que el cumplimiento de la pena en un establecimiento penitenciario ocasionará un perjuicio excepcional que torne procedente la medada peticionada.”
- Voto mayoritario (propuesta y conclusión): “...las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad... De ese modo, se advierte que las alegaciones expuestas en el recurso en trato traslucen una disconformidad con el análisis efectuado por el tribunal de la anterior instancia... Por todo lo expuesto, propongo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Matías Castro Ramos, con costas y tener presente la reserva del caso federal (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN).”
- Disidencia: No se registran votos que propusieran admitir el recurso; dos votos (Petrone y Barroetaveña) conformaron la mayoría que declaró la inadmisibilidad; el voto de Slokar fue el que inició el acuerdo pero firmado en el documento final; la resolución refleja la decisión por mayoría.

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