Incidente Nº 1 - IMPUTADO: AYALA, LUCIA BELEN s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa pública de Lucía Belén Ayala interpuso recurso de casación contra el auto que rechazó su planteo de inconstitucionalidad y la solicitud de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso con costas y dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Actor (recurrente): La defensa pública oficial en representación de Lucía Belén Ayala.
- Demandado (resistido): El juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia (resolución de fecha 11/08/2026).
- Objeto del recurso: Recurso de casación contra el auto que rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley N° 24.660 (modificada por Ley N° 27.375) y la solicitud de libertad condicional de la condenada.
¿Qué se resolvió?
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Lucía Belén Ayala, con costas, y tuvo presente la reserva del caso federal. Se ordenó registro, notificación, comunicación (CSJN, Ac. N° 10/2025) y remisión al tribunal de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos del voto mayoritario y del acuerdo):
Del voto del juez Daniel A. Petrone (mayoría): “del recurso bajo estudio, se advierte que la parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logre conmover la decisión adoptada por el a quo… se ha limitado a invocar la errónea aplicación de la ley sustantiva, la inconstitucionalidad de la normativa aplicada y defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso y los motivos que el a quo consideró relevantes para rechazar el planteo efectuado… toda vez que la defensa no esgrime otros argumentos que logren rebatir de modo concreto y adecuado la cuestión abordada, en tanto la resolución adoptada por el a quo cuenta con los fundamentos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido, se propone declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Lucia Belén Ayala, con costas (arts. 444, segundo párrafo, 530 y ccds. del CPPN), y tener presente la reserva del caso federal (art. 14 de la ley 48).”
Del voto del juez Diego G. Barroetaveña (adhesión): “por coincidir, en lo sustancial, con los fundamentos expuestos por el colega que nos precede… hemos de adherir a la solución propuesta y expedimos nuestro voto en igual sentido.”
Disidencia del juez Alejandro W. Slokar: en su voto sostuvo que “prima facie, a tenor de los agravios invocados, corresponde la sustanciación del recurso de conformidad con lo dispuesto por el art. 465 bis del libro de forma, lo que de ningún modo implica anticipar criterio sobre la materia en trato.” Es decir, propuso que el recurso sea sustanciado en vez de ser declarado inadmisible; dicha posición quedó en minoría.
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