Incidente Nº 50 - IMPUTADO: OCHOA, GLADYS CRISTINA s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION PREVENTIVA
Recurso de casación contra la denegatoria del cese de prisión preventiva solicitada para Gladys Cristina Ochoa por la Defensa Pública Oficial. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso por considerarlo insuficiente para conmover la valoración del tribunal a quo sobre la persistencia de riesgos procesales y la razonabilidad de la medida cautelar.
Actor: Defensa Pública Oficial en representación de Gladys Cristina Ochoa. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata (decisión recurrida). Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución que rechazó el cese de la prisión preventiva de Gladys Cristina Ochoa (imputada por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Gladys Cristina Ochoa, sin costas en la instancia, y se tuvo presente la reserva del caso federal. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En definitiva, para que la duración del presente proceso, con las características peculiares que presenta, pueda ser calificada de excesiva, debe ser estudiada en relación a las contingencias del caso concreto a partir de los parámetros que la doctrina judicial vigente considera relevantes para su evaluación. Ahora bien, no se advierte que la parte recurrente haya demostrado la existencia de circunstancias nuevas o sobrevinientes que, a la luz de las particularidades del caso y de la etapa procesal alcanzada, permitan concluir que la duración de la prisión preventiva se ha tornado irrazonable. En efecto, de acuerdo con el marco normativo que rige el caso traído a estudio, no se advierte que la duración del presente proceso —que cuenta con fecha de debate oral fijada para el próximo 9 de diciembre— ostente una demora tal que permita considerarla manifiestamente irrazonable, con afectación de los derechos de defensa en juicio y debido proceso; resultando a tal efecto insuficiente la mera mención a la cantidad de tiempo transcurrido sin otro análisis que, a la luz de las pautas referidas, autorice a así concluirlo." "En consecuencia, la valoración conjunta y provisional de las características de los hechos y del avance de la causa permite concluir razonablemente que subsisten los peligros de fuga y de entorpecimiento del proceso." Disidencias: no hubo voto en disidencia; los tres votos (Hornos, Borinsky y Carbajo) adhieren a la solución de rechazar el recurso.
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