Legajo Nº 2 - IMPUTADO: ANGELOTTI, FRANCISCO ROLANDO Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Raúl Ignacio Mermet contra la prórroga de su prisión preventiva. La Sala consideró que la recurrente no demostró un agravio federal fundado y dejó presente la reserva del caso federal.
¿Quién es el actor?
la defensa particular de Raúl Ignacio Mermet (recurrente).
¿A quién se demanda?
la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 3 que prorrogó la prisión preventiva de Raúl Ignacio Mermet (decisión recurrida).
- Objeto de la demanda: se solicitó anular la resolución que prorrogó la prisión preventiva y disponer el cese de la detención, por falta de fundamentación y ausencia de acreditación de los riesgos procesales.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas en la instancia, y tuvo presente la reserva del caso federal. Se ordenó la notificación y el remito de la causa al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Si bien las resoluciones como la aquí impugnada resultan, en principio, equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata ..., para posibilitar el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta Alzada debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal."
"En el sub judice, la defensa de Raúl Ignacio Mermet no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes a los fines de prorrogar la prisión preventiva de su asistido."
"En base a lo previamente expuesto, el a quo señaló que: 'A lo expuesto cabe agregar, como extremos que configuran uno de los factores en la materia (complejidad de las actuaciones) y me inclinan a resolver en el sentido adelantado, la magnitud de los hechos pesquisados; las tareas interjurisdiccionales que demandaron los allanamientos de los domicilios de los imputados y los testimonios de las presuntas víctimas en Sala Gesell; las tareas de inteligencia practicadas por el personal preventor; los numerosos peritajes e informes realizados sobre los objetos secuestrados e incluso con relación a los propios imputados; como así también la multiplicidad de encausados...'"
"Reseñado cuanto precede, corresponderá señalar que ... habremos de concluir que las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de evidenciar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad ..., en los graves defectos del pronunciamiento ..., o en alguna cuestión federal ..."
- Disidencia o votos concurrentes: el voto del Dr. Gustavo M. Hornos adhirió a la solución propuesta por los votos que lideran el acuerdo, señalando que, si bien en general considera que deben tratarse ciertas objeciones, en el caso concreto los argumentos de la recurrente no resultaron suficientes para poner en crisis la decisión impugnada. (Es concurriendo con la inadmisibilidad; no constituye la decisión contraria de la Cámara).
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