BARBERAN, PABLO GABRIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por incapacidad derivada de accidente de trabajo contra Provincia ART S.A.; la Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó las impugnaciones a la pericia médica, admitiendo que las patologías son degenerativas no vinculadas al siniestro y elevando los honorarios del perito a $260.000. Asimismo confirmó los honorarios de la representación letrada y reguló los de esta Alzada en el 30% de lo percibido en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Barberán, Pablo Gabriel.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por incapacidad y prestaciones por accidente/contingencia del 09/10/2022 (Ley 24.557 / Ley de Riesgos del Trabajo).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de recurso y agravios; se confirmaron los honorarios regulados a la representación letrada del actor en los términos del considering III; se modificaron y elevaron a $260.000 los fijados a favor del perito médico; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; y se reguló los honorarios de la representación letrada del actor por esta instancia en el 30% de lo que perciba por su intervención anterior.
Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
- “Desde el punto de vista físico presenta en rodilla y hombro derechos patologías degenerativas sin vinculación con el accidente denunciado, a saber artrosis acromioclavicular, edema medular óseo a nivel del troquiter; tendinopatía difusa del tendón supraespinoso.; encondroma en tróclea femoral con signos de condromalacia grado IV; tendinopatía difusa del tendón rotuliano en su 1/3 proximal; ligera distensión de bursa sucuadricipital.” (sic, ver pericia de fecha 24/02/2024).
- “...las consideraciones médico legales expuestas por el perito médico generan convicción por los sólidos fundamentos técnico
- científicos que las sustentan (arts. 386 y 477 del CPCCN) y lo condujeron a concluir que las patologías que presenta el actor se originan en un proceso degenerativo, no traumático y son de carácter inculpable sin vinculación causal con el siniestro acaecido el 09/10/2022.”
- “En cuanto a los estipendios fijados a favor del perito médico, de acuerdo al mérito, extensión e importancia de la labor cumplida por dicho profesional y a las pautas arancelarias aplicables se aprecian reducidos, por lo que se propicia elevarlos a la suma de $260.000, a valores del presente pronunciamiento (art. 38 L.O. y conc. normativa arancelaria).”
Disidencia:
No exhibe voto en disidencia; el acuerdo consigna adhesión de la Dra. María Claudia Jueguen al voto que propone confirmar la sentencia y las demás medidas señaladas.
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