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BARBERAN, PABLO GABRIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamo por incapacidad derivada de accidente de trabajo contra Provincia ART S.A.; la Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó las impugnaciones a la pericia médica, admitiendo que las patologías son degenerativas no vinculadas al siniestro y elevando los honorarios del perito a $260.000. Asimismo confirmó los honorarios de la representación letrada y reguló los de esta Alzada en el 30% de lo percibido en primera instancia.

Pericia medica Incapacidad Causalidad Accidente de trabajo Apelacion Costas de alzada Trabajo Honorarios perito Patologias degenerativas Ley 24.557


¿Quién es el actor?

Barberán, Pablo Gabriel.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por incapacidad y prestaciones por accidente/contingencia del 09/10/2022 (Ley 24.557 / Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de recurso y agravios; se confirmaron los honorarios regulados a la representación letrada del actor en los términos del considering III; se modificaron y elevaron a $260.000 los fijados a favor del perito médico; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; y se reguló los honorarios de la representación letrada del actor por esta instancia en el 30% de lo que perciba por su intervención anterior. Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
- “Desde el punto de vista físico presenta en rodilla y hombro derechos patologías degenerativas sin vinculación con el accidente denunciado, a saber artrosis acromioclavicular, edema medular óseo a nivel del troquiter; tendinopatía difusa del tendón supraespinoso.; encondroma en tróclea femoral con signos de condromalacia grado IV; tendinopatía difusa del tendón rotuliano en su 1/3 proximal; ligera distensión de bursa sucuadricipital.” (sic, ver pericia de fecha 24/02/2024).
- “...las consideraciones médico legales expuestas por el perito médico generan convicción por los sólidos fundamentos técnico
- científicos que las sustentan (arts. 386 y 477 del CPCCN) y lo condujeron a concluir que las patologías que presenta el actor se originan en un proceso degenerativo, no traumático y son de carácter inculpable sin vinculación causal con el siniestro acaecido el 09/10/2022.”
- “En cuanto a los estipendios fijados a favor del perito médico, de acuerdo al mérito, extensión e importancia de la labor cumplida por dicho profesional y a las pautas arancelarias aplicables se aprecian reducidos, por lo que se propicia elevarlos a la suma de $260.000, a valores del presente pronunciamiento (art. 38 L.O. y conc. normativa arancelaria).” Disidencia: No exhibe voto en disidencia; el acuerdo consigna adhesión de la Dra. María Claudia Jueguen al voto que propone confirmar la sentencia y las demás medidas señaladas.

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