Logo

CABRERA, SILVIA NOEMI c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la reducción de la incapacidad psíquica y la cuantía de honorarios y accesorios. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos, mantuvo la incapacidad psíquica en 2%, confirmó la regulación de honorarios de primera instancia y fijó para la alzada el 30% sobre lo que corresponda percibir.

Costas Honorarios Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Apelacion Confirmacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Actualizacion de credito Ley 26.685 Art. 116 lo


¿Quién es el actor?

CABRERA, Silvia Noemí.

¿A quién se demanda?

GALENO ART SA.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidentes/incapacidades (incapacidad física y psíquica) y accesorios (acreidos), junto con cuestionamiento de la regulación de honorarios en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX, por acuerdo mayoritario, confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de apelación y agravios; imputó las costas de la alzada en el orden causado; reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora en conjunto en el 30% de lo que le corresponda percibir sobre la totalidad de los honorarios fijados en primera instancia; y ordenó informar a las partes y peritos sobre la vigencia de la Ley 26.685 y los acordadas CSJN citados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto al agravio dirigido contra los acrecidos dispuestos en origen, adelanto que no satisface las exigencias del art. 116 de la LO. En efecto, la crítica parte de una premisa que no se corresponde con lo resuelto, pues la sentenciante no dispuso la aplicación de la tasa activa desde la fecha del infortunio en los términos que sostiene la recurrente. A su vez, las consideraciones generales formuladas acerca de la pérdida del valor del crédito y la aplicación de mecanismos de actualización distintos no se hacen cargo concretamente de las pautas adoptadas en el pronunciamiento ni de los fundamentos que las sustentan. En tales condiciones, sugiero desestimar el agravio." "En este contexto, las manifestaciones recursivas no demuestran que la valoración efectuada en origen resulte irrazonable ni aportan elementos concretos que permitan apartarse del porcentaje del 2% allí receptado. En consecuencia, sugiero confirmar este aspecto de la sentencia apelada." "Teniendo en cuenta la naturaleza, mérito, calidad y extensión de las tareas desarrolladas por los profesionales intervinientes, así como las pautas arancelarias aplicables, considero que los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora lucen adecuados, motivo por el cual sugiero confirmarlos... Asimismo, atendiendo al mérito y a la extensión de la labor desarrollada por los profesionales intervinientes en esta alzada, así como al resultado del pleito que he dejado propuesto, propongo regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda percibir sobre la totalidad de los honorarios fijados en primera instancia, conforme la normativa antes citada."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; los votos publicados adhieren al acuerdo que resolvió confirmar la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar