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MEZA, NANCY VANINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la sentencia en autos por Ley 27.348 contra Provincia ART S.A. La Cámara modificó la decisión de primera instancia respecto de la actualización monetaria y los acrecidos, dejó sin efecto lo resuelto sobre honorarios y fijó nuevas regulaciones y costas a cargo de la demandada.

Intereses Costas Recurso de apelacion Honorarios Actualizacion monetaria Art Liquidacion judicial Ripte Ley 27.348 Decreto 669/19


¿Quién es el actor?

MEZA NANCY VANINA.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso en autos caratulados "MEZA NANCY VANINA C/PROVINCIA ART S.A S/RECURSO LEY 27.348", respecto de la condena principal, actualización monetaria, acrecidos, intereses y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la actualización monetaria y los acrecidos, dejó sin efecto lo decidido en origen sobre honorarios para fijarlos de manera originaria ante esta Sede, reguló honorarios por los trabajos en primera instancia en 18% (representación actora), 16% (representación demandada) y 8% (perito médica) sobre capital e intereses de condena, impuso las costas originadas ante esta Sede a cargo de la parte demandada y reguló por los trabajos efectuados ante esta Sede el 30% de lo que cada representación letrada finalmente perciba por la instancia anterior. Además, se ordenó aplicar las pautas y formalidades de notificaciones previstas por Ley 26.685 y Acuerdos CSJN citados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En efecto, tal como he tenido oportunidad de expedirme en numerosos precedentes... a partir de la vigencia del Decreto 669/19, dado lo expresamente normado en su art. 3º -y en consonancia con el art. 7 del CCyCN-, corresponde su aplicación en aquellos supuestos en los que el accidente o la primera manifestación invalidante de una enfermedad profesional, hubieren tenido lugar bajo la vigencia de la ley 27348..." 2) "De acuerdo con lo expresado, tal como anticipé, ... propongo modificar la sentencia de grado anterior en lo que ha sido materia de agravios y en lo que atañe a la aplicación para el caso respecto de la actualización monetaria y los intereses conforme las pautas emergentes del Decreto 669/19..." 3) "Una vez practicada la liquidación judicial y, ante la hipótesis de falta de pago en término por la obligada, se deberá aplicar un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, conforme lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación..." 4) "A tales efectos y en atención al mérito y extensión de la labor desarrollada en la primera instancia... corresponde regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora y demandada y a la perito médica, en el 18%, 16% y 8%, respectivamente, sobre el capital e intereses de condena..."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera votó considerando procedente la modificación conforme al criterio expuesto (propuso aplicar Decreto 669/19 y regular honorarios). El Dr. Alejandro H. Perugini adhirió al voto que antecede. No se registran disidencias en el acuerdo final.

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