GONELLA, EZEQUIEL DARIO c/ EDITORIAL ATLANTIDA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Demanda por despido promovida contra Editorial Atlántida S.A. y otros. La Cámara confirmó la sentencia en lo principal pero modificó la tasa de interés aplicable y distribuyó las costas derivadas de la acción contra Editorial Atlántida S.A. en un 20% a cargo del actor y 80% a cargo de la demandada, además de imponer costas de alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Gonella, Ezequiel Darío C.
¿A quién se demanda?
Editorial Atlántida S.A. y otros (Gustavo Luis Pesce y Juan Rafael Astibia).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (acción por despido e indemnizaciones laborales).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia dictada en la anterior instancia en lo principal que fue materia de apelación; modificó la tasa de interés aplicable conforme al considerando 3º; atribuyó las costas derivadas de la acción seguida contra Editorial Atlántida S.A. en un 20% a la parte actora y en el 80% restante a la demandada; impuso costas de alzada a cargo de la demandada; reguló los honorarios de la representación letrada de las partes por esta instancia en el 30% de lo que les correspondió por la anterior instancia; y dispuso la aplicación de la ley 26.685 y los acordadas de la CSJN indicadas para notificaciones y traslados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Cabe recordar que en el art. 247 de la LCT se condiciona su viabilidad expresamente a supuestos de 'fuerza mayor o falta o disminución de trabajo' que no se identifican a lo largo de la presentación bajo examen, en la que solamente se alude a una situación económicamente ruinosa que por su gravedad tuvo como consecuencias la adopción de medidas de restricciones de gastos que de manera vaga y genérica -conforme surge de la transcripción efectuada en la presentación bajo examen
- describió el testigo Cutro, omitiéndose invocar concretamente con mención específica de oportunidad y efectos como se requiere en la ley adjetiva para acceder a la revisión (art. 116 de la LO), las medidas que en ejercicio del amplio poder de dirección conferido exclusivamente al principal en el art. 65 de la LCT habría adoptado para revertirla, todo ello a fin de solventar la inimputabilidad que también requiere la norma en cuestión."
2) "A partir de ello y en consonancia con el criterio que esta Sala -si bien en otra etapa del proceso
- había ya fijado en numerosas causas con anterioridad a la sanción del texto legal citado (cf. esta sala, sentencia 'Larrea' y otras posteriores), la cuestión debe ser resuelta en este momento con expreso apoyo en la normativa sobreviniente. En consecuencia, corresponde modificar la sentencia recurrida en este aspecto y, en su mérito, disponer que el capital nominal de condena será acrecido desde que cada suma que lo compone es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55 transcripto, a cuyo efecto corresponde que se realicen las operaciones aritméticas necesarias en la oportunidad prevista en el art. 132 de la ley 18.345."
3) "Tendrá en cambio acogida la queja dirigida por la editorial demandada frente a la imposición de las costas derivadas de la acción dirigida contra su parte exclusivamente a su cargo... propondré que también en este accesorio se modifique la decisión recaída, atribuyéndose las costas derivadas de la acción seguida contra Editorial Atlántida S.A. en un 20% a cargo de la parte actora y en el 80% restante a la demandada."
- Disidencia: No consta voto de disidencia en la parte resolutiva; los votos consignados (Dr. Fera y Dr. Perugini que adhiere) integran el acuerdo mayoritario y dan lugar a la resolución indicada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: