INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTIAS N° 1 -QUILMES- Y JUZGADO DE GARANTIAS N° 3 -LOMAS DE ZAMORA-
Incidente de competencia entre Juzgados de Garantías por investigación de encubrimiento y sustracción de vehículo. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 3 de Lomas de Zamora por conexidad entre el desapoderamiento y el encubrimiento, aplicando arts. 32 y 33 del C.P.P. y el principio de la mejor y más pronta administración de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Juzgado de Garantías Nº 1 del departamento judicial Quilmes (declinó competencia).
Demandado: Juzgado de Garantías Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora (no aceptó la competencia).
Objeto: Determinación de la competencia para entender en la investigación por encubrimiento vinculada con la sustracción (robo/hurto) de un vehículo Ford EcoSport, dominio AA376DE.
Decisión: La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora para entender en la causa por aplicación de las reglas de conexión (arts. 32 y 33 del C.P.P.) y el principio de la mejor y más pronta administración de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, en lenguaje original del tribunal):
"Surge de la lectura del presente legajo que el Juzgado de Garantías N°1 departamento judicial Quilmes, en el marco de la IPP 13-00-0300-28-25/00 donde se investiga la comisión del delito de encubrimiento declinó su competencia a favor del Juzgado de Garantías N°3 del departamento judicial Lomas de Zamora, toda vez que ante el mismo tramita la IPP 07-00-886-25/00 en la que se investiga la sustracción del rodado marca vehículo marca Ford, modelo EcoSport, dominio colocado AA376DE, ocurrido en esa ciudad.
Coincido con el Juez declinante, y de tal modo con el parecer de la Señora Fiscal de Casación, toda vez que no existen constancias en el legajo a estudio de resolución firme alguna que desvincule a las personas en cuyo poder se hallara el rodado con los autores de su sustracción.
De tal modo, dada la estrecha vinculación que tiene el desapoderamiento, bajo la forma de hurto o robo, y el encubrimiento de esa conducta a través de su aprovechamiento, corresponde al juez que conoce en el primero de los antijurídicos, hacerlo en la totalidad delictiva, ello es el Juzgado de Garantías N°3 del departamento judicial Lomas de Zamora, por aplicación de las reglas de conexión previstas en los arts. 32 y 33 del C.P.P. y teniendo en cuenta "la mejor y más pronta administración de justicia" que estipula éste último."
- Votos / Mayoría: Ambos jueces (Dr. Kohan y Dr. Mancini Hebeca) votaron en igual sentido adhiriendo a la competencia de Juzgado Nº 3. El dispositivo final del Tribunal confirmó la competencia de Juzgado de Garantías Nº 3.
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