Incidente Nº 1 - ACTOR: EGÜEZ ORTIZ, MARIA LUZ DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Reclamación ejecutiva de haberes previsionales y aprobación de planilla pericial contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando las impugnaciones de la demandada sobre los haberes y el impuesto a las ganancias, y la condenó al pago de costas y al pago de honorarios en la Alzada (30% de lo fijado en primera instancia).
¿Quién es el actor?
EGÜEZ ORTIZ, MARIA LUZ.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia para aprobación de planilla practicada por perito contable, liquidación de retroactivos e intereses y ejecución de la sentencia previa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en la Alzada en el 30% de lo que se fijó en primera instancia. No participa del acuerdo el Dr. Fernando Lorenzo Barbará por haber cesado en sus funciones.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"En virtud de dicha discrepancia, se accedió al sistema informático del organismo demandado (en el marco del convenio de cooperación e intercambio electrónico de información celebrado entre la C.S.J.N. y la A.N.Se.S. suscripto el 8 de junio del 2016) y de cuyo contenido se pudo verificar que no le asiste razón al organismo previsional atento que los haberes volcados en la planilla aprobada son iguales a los que surgen del sistema. Asimismo, la contadora ya explicó que lo corrigió al momento de contestar las impugnaciones a la demandada."
"En ese marco, la diferencia invocada por la ANSeS no obedece a un error de cálculo en la liquidación practicada, sino a que el importe utilizado por la perito corresponde al haber reajustado conforme las pautas fijadas en la anterior sentencia, mientras que el valor indicado por el organismo previsional refiere al haber original sin reajuste. Por ello, el agravio formulado carece de sustento y debe ser rechazado."
"Avocándome al agravio sobre el impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala 'A' en la causa FRO Nº 24589/2019 'CALDERON, Aníbal Norberto c/ANSeS s/Ejecución Previsional' del 25/08/2022, lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto."
- Disidencia o votos particulares: No existieron votos en disidencia sobre la solución de fondo; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhirió en lo sustancial al voto del vocal preopinante. Se consignó que el Dr. Fernando Lorenzo Barbará no participó del acuerdo por haber cesado en sus funciones.
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