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MAYORGA, OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS por reajustes y diferencias retroactivas de haberes, reclamando el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenó el reajuste de la PBU, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada sustancialmente vencida.

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¿Quién es el actor?

MAYORGA, OSCAR.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; ordenó el reajuste de la PBU (conforme considerando 3°); declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nº 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "3°) Respecto a la queja referida al recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde señalar que de los cálculos acompañados, el análisis de la confiscatoriedad por la falta de actualización de la PBU es superior al 15% -de conformidad con las pautas establecidas en los precedentes de la CSJN en “Quiroga” y “Actis Caporale”, siendo las pautas y el método aplicado a los fines de determinar ello, los establecidos por esta Sala “B” en autos “ROMITI, Osvaldo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, expte N° FRO 27367/2022/CA1, Acuerdo del 21/03/2025 y “AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsional”, expte. nro. FRO 53000221/2007, Acuerdo del 10/11/2020, por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado por la parte actora y ordenar su reajuste." "6°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida, conforme lo establecido el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo; la parte resolutiva final es la decisión de la Cámara.

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