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REGALIA, DANIELA ROSANA C/ POMPOZZI, FRANCISCO JOSE S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

Demanda de prescripción adquisitiva larga (usucapión) sobre parcela identificada en plano 052-000034-2024. La Cámara hizo lugar a la apelación y declaró la usucapión a favor de Daniela Rosana Regalía desde el 24/2/2019, por mayoría, considerando probados actos posesorios documentales y testimoniales integrados en prueba compuesta.

Posesion Usucapion Costas Prueba compuesta Animus domini Pago de impuestos Prescripcion adquisitiva vicenal Diferimiento honorarios. Contratos de locacion y comodato Plano de mensura 052-000034-2024

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Daniela Rosana Regalía. Demandado: Francisco Jose Pompozzi. Objeto: Prescripción adquisitiva larga (usucapión) sobre la finca identificada en plano de mensura 052-000034-2024 (Circunscripción IX
- Sección A
- Manzana 45
- Parcela 6A
- Partida inmobiliaria nº 5789 (052)
- matrícula nº 6941 del distrito de Guaminí). Decisión: La Cámara de Apelación Civil y Comercial de Trenque Lauquen estimó la apelación interpuesta por la actora contra la sentencia de primera instancia (que había rechazado la demanda) y en consecuencia hizo lugar a la demanda por usucapión, declarando adquirida la propiedad por prescripción adquisitiva larga a favor de Daniela Rosana Regalía a partir del 24/2/2019. Imponiendo costas por su orden en ambas instancias y diferimiento de la resolución sobre honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En definitiva, de la apreciación conjunta de toda la prueba detallada, se deriva que la actora ha logrado acreditar la posesión con ánimo de dueña del inmueble identificado en demanda según plano de mensura 052-000034-2024 ... pudiendo establecerse como fecha de inicio de esa posesión el día 24 de febrero de 1999, que es la que registra el comprobante de pago de impuesto inmobiliario que está en el trámite de fecha 25/10/2024 hora 14:12:35 (arg. arts. 375 y 384 cód. proc.). Cumpliendo así con el plazo legal de veinte años establecido por el art. 1899 del CCyC el día 24/2/2019." "Que son los contratos de comodato y de locación ... celebrados primero con Juan Carlos Cabrera y luego con Avilio Chazarreta, contratos en los que cobra relevancia que sea la actora la parte locadora, sino que, además, se dejaron expresamente asentadas, dos circunstancias: por una parte, la realización de mejoras al bien que conformaban parte del precio ... y de otra, que asumía Regalía la obligación contractual de en caso de poner en venta el bien, otorgarle preferencia a Chazarreta para ser el comprador del bien, según cláusulas obrantes en todos los convenios con el último nombrado." "Son los comprobantes de pagos de impuesto inmobiliario y de servicios de gas y de electricidad y tasas urbanas, que por hallarse en su poder hacen presumir que han sido efectuados por la accionante, a falta de prueba en contrario ... y se trata de pagos que, en lo que a la pretensión de la actora interesa, corren desde el período 1/1999 hasta fecha cerca a este proceso, con regularidad." Además, el tribunal sostuvo la valoración integral de la prueba: "no se trata de analizar separadamente cada una de las pruebas ... sino considerarlas de manera integral, compuesta y global, aún con la estrictez que en este tipo de procesos se requiere", y concluyó en el dispositivo: "Estimar la apelación ... y, en consecuencia, hacer lugar a la demanda por prescripción adquisitiva larga, usucapión ... en favor de la actora Daniela Rosana Regalía, a partir del 24/2/2019, en los términos de los artículos 1899, 1900, 1905 y concs. del CCyC."
- Votos: El voto mayoritario fue el del juez Soto; el juez Lettieri adhirió expresamente. No hubo disidencia en el acuerdo.

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