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VISCONTI, RENE ABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes varios contra ANSES por redeterminación de haberes y retención de Impuesto a las Ganancias. La Cámara Federal de Resistencia rechazó la apelación de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando procedente la redeterminación de la Prestación Básica Universal según la doctrina de la CSJN y prohibiendo la retención del impuesto a las ganancias hasta que el Congreso legisle.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Costas de alzada Anses Retroactivos Prestacion basica universal Isbic Redeterminacion de haberes Visconti Fallos quiroga/elliff/blanco


¿Quién es el actor?

VISCONTI, RENE ABEL.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; entre otros, redeterminación del haber inicial (incluyendo la actualización de la Prestación Básica Universal
- PBU) y la improcedencia de retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos previsionales.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación deducido por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue motivo del recurso; se impusieron las costas de alzada a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios del apoderado de la actora para la oportunidad prevista en los considerandos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "IV.
- En cuanto señala no corresponde la actualización del componente PBU en virtud de la fecha de adquisición del beneficio, cabe destacar que este Tribunal entiende que conforme los lineamientos del precedente “Quiroga, Carlos Alberto” (Fallos: 337:1277) -al que reiteradamente acude esta Alzada
- no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber, en razón de las características que distinguen a dicha prestación... En virtud de ello cabe ratificar lo dispuesto por el juez a quo en cuanto ordena su redeterminación, aplicando al efecto la doctrina sentada por la CSJN en el fallo “Elliff” (Fallos: 332:1914), ratificado por “Blanco” (Fallos: 341:1924), a los que reiteradamente acude este Tribunal, ordenando la utilización del ISBIC hasta el 02/2009 y a partir de allí el índice de actualización ordenado por el art. 2 de la Ley N° 26.417 (vigente a la fecha de adquisición del derecho al beneficio)." "II.
- En punto a la cuestión suscitada respecto de la retención del impuesto a las ganancias, corresponde aplicar los lineamientos expuestos en autos “García, María Isabel” (Fallos: 342:411), donde el Alto Tribunal se expidió ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la demandante... 'a partir de la reforma constitucional de 1994, cobra especial énfasis el deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos'."
- Votos: La Dra. Patricia Beatriz García preopinó por el rechazo del recurso y confirmación de la sentencia; la Dra. María Virginia Ise adhirió a su voto. No se registra disidencia.

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