AVALOS, NEMESIO NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajuste y movilidad de haberes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación, confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Nemesio Nicolás Avalos (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: demanda ordinaria por reajuste y movilidad de haberes previsionales (recalculo del haber inicial y aplicación de índices de movilidad).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y se confirmó la sentencia de primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, se impusieron las costas en el orden causado conforme al art. 36 (última parte) de la ley 27.423 y se regularon honorarios a favor de la letrada de la parte actora en un 30% de lo que se determine en primera instancia.
Fundamentos principales (transcripciones relevantes):
- “Conforme ello, se rechaza el recurso de apelación incoado.” (voto del Dr. Mateo José Busaniche, referido al precedente PIÑOL y a la cuestión de inconstitucionalidad del índice de movilidad de la ley 27.609).
- “Que, en relación al pedido de inconstitucionalidad vinculado al índice de movilidad establecido en la ley 27.609, este Tribunal se expidió en los autos: ‘PIÑOL, GERÓNIMO FELIPE CONTRA ANSES SOBRE REAJUSTES VARIOS’ (Expte. N° FPA 7975/2021/CA1, sentencia del 13/9/2024), en los que rechazó dicho planteo, razón por la cual, corresponde remitirse a los fundamentos allí plasmados…” (voto).
- “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado…” (voto explicando la declaración de inconstitucionalidad y aplicación de costas).
- “Se regulan honorarios a la letrada de la parte actora, Dra. Pamela Beatriz BONNOT, en un 30% de lo que oportunamente se le determine en primera instancia, conforme lo dispuesto por el art. 30 de la ley 27.423.” (voto).
Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Dr. Mateo José Busaniche y Dra. Cintia Graciela Gomez) adhirieron al mismo voto y al acuerdo final.
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