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VILA MARIO, JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Mario Jesús Vila contra ANSES la recomposición de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó ambos recursos de apelación y mantuvo la aplicación de la doctrina de la Sala sobre movilidad, costas y regulación de honorarios.

Costas Apelacion Impuesto a las ganancias Movilidad Anses Tasa de interes pasiva Reajuste previsional Inconstitucionalidad ley 27.609 Honorarios (30%) Voto de camara


¿Quién es el actor?

VILA Mario Jesús.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes previsionales (recomposición de haberes y reconocimiento de pérdida del poder adquisitivo por regímenes de movilidad 2020-2023; declaración de inconstitucionalidad de normas y cuestionamiento de tasa de interés para retroactivos; exención del retroactivo del impuesto a las ganancias; cuestionamiento de aplicación de bonos extraordinarios, etc.).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de apelación deducidos tanto por ANSES como por la parte actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con la instrucción de que el a quo calcule los emolumentos en pesos y UMA cuando exista base cierta.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Corresponde adelantar que los mismos no logran conmover los fundamentos de la sentencia apelada, la cual aparece suficientemente motivada y ajustada a la doctrina que este Tribunal ha venido desarrollando en materia de movilidad previsional." "No basta, a tal efecto, con reiterar consideraciones generales relativas al proceso inflacionario, a la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones, al carácter no remunerativo de los bonos extraordinarios o al principio de progresividad de los derechos sociales. Era carga del apelante acreditar que, aun luego de la reparación reconocida en la sentencia de grado, subsistía un perjuicio concreto que justificara una solución distinta. Tal demostración no ha sido satisfecha." "En efecto, la parte actora cuestiona la aplicación de la tasa pasiva fijada en la instancia de grado ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido de manera clara en el precedente 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSES s/ impugnación de resolución' (14/09/2004), en el cual sostuvo que la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina resulta adecuada para compensar el menoscabo patrimonial derivado de la mora, atendiendo a la naturaleza de la relación previsional, el carácter alimentario de las prestaciones y las particularidades del sistema." "La queja del demandado condensa los mismos argumentos que en su contestación de demanda y son rechazados en esta instancia por adhesión al fallo al que remite el juez y que esta segunda instancia viene repitiendo en idénticas casos... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos: El voto que fundamenta la decisión lo emitió el Dr. Manuel Alberto Pizarro; los Dres. Sebastián Guillermo Soneira y Juan Ignacio Pérez Curci adhieren al voto. No hubo disidencia.

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