COWES, ELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora Elida Cowes contra ANSES la recomposición de haberes y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la apelación de ANSES, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
COWES, ELIDA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; se reclamó, entre otros, el recálculo del haber inicial de la PBU, la declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley nº 27.609 (por regresividad) y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala A, NO HACE LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSES, confirma la sentencia apelada que declaró la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley nº 27.609 por vulnerar el principio de no regresividad, impone las costas a la demandada (art. 36 ley 27.423) y regula honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado."
"En relación al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
"En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos: El Dr. Manuel A. Pizarro dictó el voto que resolvió la cuestión y los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Sebastián G. Soneira adhieren. No consta disidencia.
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