DELMAU, LILIANA MIRTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Acción por reajustes previsionales cuestionó la fórmula de movilidad de la Ley 27.609 y el cálculo de la PBU. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.609, ordenó recalcular y reajustar haberes y rechazó el recurso de ANSES, con costas a ésta y honorarios fijados en 30% de lo regulado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
DELMAU, LILIANA MIRTA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes previsionales y recalculo de haberes (incluida PBU) frente a la aplicación de la Ley N°27.609 y normas reglamentarias (Resolución SSS 6/2009 y decretos suspendiendo la ley 27.426).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora y, de oficio, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N°27.609; se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES; se impusieron las costas a ANSES; y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia. Se ordenó a ANSES practicar la liquidación respectiva para recalcular y reajustar los haberes previsionales conforme las pautas fijadas, con las precisiones sobre el empalme y la comparación con el IPC hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar y expedirme sobre la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609,"
"En virtud de lo expuesto, debe ordenarse a la ANSES que practique la liquidación respectiva a fin de recalcular y reajustar los haberes previsionales del actor, en función de las pautas citadas ut-supra. Dicha medida deberá cumplimentarse dentro del plazo fijado en el art. 2° de la ley N°26.153 bajo apercibimiento de ley, debiendo acreditar ante el Tribunal el cumplimiento de la obligación que se impone, mediante la presentación de la liquidación respectiva, la que se incorporará a la causa, a sus efectos."
Además, el voto explica la fórmula de actualización ordenada: comparar trimestralmente lo percibido bajo la Ley 27.609 con lo que hubiera correspondido aplicando el IPC (INDEC) e integrar la diferencia a favor del actor hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024; y dispone que el haber resultante no podrá ser inferior al liquidado por la Ley 27.609, tomando para movilidades futuras el mayor de ambos criterios.
- Disidencias: No hay votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci y Soneira adhirieron al voto del Dr. Pizarro.
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